Ya lo había advertido el abogado Jaime Granados Peña, defensor del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Ante la inexplicable decisión de la jueza del caso, que no aceptó el aplazamiento de la audiencia preparatoria frente a la llegada de nuevas pruebas para establecer una estrategia de defensa, iba a radicar una tutela por la violación de garantías procesales.

SEMANA conoció en primicia la tutela que radicó la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, en la que se pide garantizar sus derechos procesales en el caso que se adelanta en su contra por los delitos de presunto soborno, fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal. El recurso cuestiona las actuaciones y decisiones que ha tomado la jueza 44 de conocimiento de Bogotá.

En un documento de 56 páginas está contenida la acción de tutela con la que se pide proteger los derechos fundamentales del expresidente Álvaro Uribe Vélez que consideran vulnerados con las más recientes decisiones de la jueza 44 de conocimiento de Bogotá en las audiencias preparatorias de juicio.

En el documento conocido por SEMANA se le pide al Tribunal Superior de Bogotá que proteja el debido proceso y defensa del exmandatario que está siendo procesado por los delitos de fraude procesal, soborno en actuación penal y soborno a testigos.

Los argumentos de la tutela son claros, señala: “No haber concedido —mediante orden judicial—, la prórroga justificada que se le había solicitado, con miras a poder verificar, por parte de la defensa, evidencia digital relacionada en el descubrimiento de la Fiscalía, a la cual la defensa sólo tuvo acceso hasta el lunes 30 de septiembre de 2024, a las 6:53 p. m.”.

Y agrega que en esta audiencia lo que hizo la jueza fue “impedir que la defensa verifique el contenido de las referidas evidencias digitales, para efectos de presentar adecuadamente su propio descubrimiento probatorio”.

Señala la tutela que, con esa decisión, lo que hizo fue “forzar a la defensa, en esas condiciones, a presentar su descubrimiento probatorio a pesar de los requerimientos fundamentados y de la proporcionalidad de lo pedido, en tanto se pedían escasos siete días para poder hacer la labor de verificación”.

Acción de tutela, Álvaro Uribe | Foto: Suministrado a Semana

Y advierte que por esa decisión, “a pesar de que la defensa manifestó que en dichas condiciones no haría su descubrimiento, dejando así desprovisto al procesado de la posibilidad de hacer su descubrimiento, de enunciar y poder pedir pruebas”.

En el documento se recuerda que, el 6 de septiembre de 2024, se dio inicio a la audiencia preparatoria, “en donde el suscrito defensor, Jaime Granados, realizó una exposición detallada de la forma en la cual se había surtido el descubrimiento probatorio de la Fiscalía, sus características y particularmente su volumen, realizando una serie de observaciones a dicho descubrimiento, en virtud a que el mismo no estaba totalmente completo”.

Para la defensa del exmandatario, es menester proteger sus derechos al debido proceso y defensa. Con el fin que se siga extendiendo la afectación al expresidente Uribe piden que se ordene la suspensión provisional de la actuación provisional mientras se toma una decisión de fondo.

“Que se ordene al Juzgado 44 Penal del circuito de conocimiento de Bogotá emitir una nueva decisión, accediendo a la prórroga de tiempo solicitada por la defensa para el estudio del celular y computador decomisados a Juan Guillermo Monsalve Pineda, y consecuentemente, se garantice a la defensa la posibilidad de hacer su descubrimiento probatorio”, precisa la tutela.

Este jueves, atendiendo las solicitudes de la Procuraduría General y de los abogados de las víctimas, la jueza 44 de conocimiento tomó la decisión de fijar la continuación de las audiencias para el próximo 8 de octubre.

La defensa del exmandatario ha manifestado que evalúa la posibilidad de presentar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que tomen cartas en el asunto ante esta vulneración de los derechos fundamentales del exmandatario.