El Consejo de Estado ya tiene para su estudio una demanda que pide la pérdida de investidura del congresista de la Colombia Humana Gustavo Bolívar, por haber “creado una ley” con la que se habría visto beneficiado, puntualmente en el artículo 119, para acordar pagos con la DIAN.

“El Congresista, el acá demandado, a todas luces infringió el Régimen de Incompatibilidades consagrado en la Constitución y la Ley, como quiera que no acató con lo dispuesto en el artículo 182 ibídem, pues no se declaró impedido previo a su participación, deliberación y votación del Proyecto de Ley 227 de 2019 Senado, 278 de 2019 Cámara (Ley 2010 de 2019)”, señala la demanda que tendrá como abogado a Hollman Ibáñez.

Lo que ocurre es que el senador Bolívar formó parte de la lista de congresistas que votaron a favor de la Ley de crecimiento de 2019. En esta se incluía un artículo con el que se vio favorecido. El artículo puntualmente señala que “los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, a quienes se les haya notificado antes de la entrada en vigencia de esta ley un requerimiento especial liquidación oficial podrán transar con la DIAN hasta el 30 de junio de 2020″.

La demanda recuerda que en 2019 fue promulgada la Ley 2010 de ese año, por medio de la cual se adoptaron normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.

En el documento se adjuntan varios trinos señalando que el congresista, a través de su cuenta de Twitter, aceptó el 25 de agosto de 2021 públicamente ser beneficiario del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019.

En otro trino, Bolívar señala: “6. Ingresos del Capo de años pasados, los están pagando este año y los debo declarar en 2022. Con ese dinero respaldé acuerdo a la DIAN. 7. Pago 4.000 millones en 2 años y me esculcan a fondo. A quienes pagan $0 campantes. 8. Usan información reservada. Bueno abrir esa puerta”.

El documento agrega que como quiera que la información que podría dar cuenta del trámite del acuerdo de pago del demandado con la DIAN es de carácter reservado y solo a través de orden judicial se tiene acceso a la misma, “pido que, con el fin de probar que al momento de que el senador Gustavo Bolívar votó el Proyecto de Ley 227 de 2019 Senado se encontraba incurso en el Régimen de Conflicto de Intereses por reunir los presupuestos del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019. Ofíciese a la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacional (DIAN) para que con destino a este proceso, envíe el expediente administrativo contentivo del acuerdo de pago al que hace referencia el demandado en la publicación que hizo sobre el tema en su cuenta de Twitter”, señala el abogado Ibáñez.