SEMANA conoció en su totalidad el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que rechazó la demanda presentada contra el nombramiento de Laura Sarabia Torres como jefa del Gabinete del presidente Gustavo Petro. Pese a que Sarabia renunció a su cargo el pasado 1 de junio después que estallara un escándalo sin precedentes, la demanda en su contra continuó su curso hasta que se tomó una decisión de fondo.
La acción judicial reclamaba que todos los nombramientos hechos por Gustavo Petro el día de su posesión como presidente de la República, el 7 de agosto de 2022, debían ser declarados nulos, puesto que se habían presentado varias irregularidades en el trámite que se adelantó ante el Congreso.
En este sentido, el abogado Harold Eduardo Súa citaba que, a mediados de julio de 2022, se había presentado una demanda contra la instalación del Congreso por omitir varios trámites administrativos. Para el demandante, la posesión presidencial se hizo ante un Congreso cuestionado y entutelado, hecho por el cual estaban impedidos para realizar cualquier designación y aprobación.
“El 7 de agosto de 2022, el Congreso de la República posesionó a Gustavo Francisco Petro Urrego como Presidente de Colombia, sin haber una decisión del juez constitucional sobre rehacer la instalación del Congreso”, reclamó el accionante. Ese mismo día, Laura Sarabia firmó su nombramiento como jefe de gabinete, uno de los cargos más importantes del Ejecutivo.
Sin embargo, en un complejo análisis jurídico, el Tribunal consideró que, pese a lo reclamado, no existía ninguna irregularidad. “Los argumentos esgrimidos por el libelo de la demanda no tienen vocación de prosperar, pues, (....) no se encontró una vulneración a los postulados constitucionales, así como tampoco se acreditó que el presidente de la República no fuera el competente para designar a la señora Laura Camila Sarabia Torres como jefe del gabinete presidencial”.b
La Sala acogió los argumentos presentados por la Procuraduría General, que consideró que no se acreditó ninguna irregularidad en el mencionado nombramiento, y tampoco una vulneración a los trámites administrativos.
“Para la Sala, resulta evidente que el presidente de la República ostenta la potestad de nombrar y separar libremente sus agentes; en consecuencia, la supuesta falta de competencia alegada por extremo actor no se encuentra acreditada en el presente asunto”, precisa la decisión de 23 páginas.
La renuncia de Laura Sarabia
El pasado 2 de junio, en medio de un gran escándalo, Laura Sarabia salió del Gobierno de Gustavo Petro. La prueba de polígrafo a la que fue sometida Marelbys Meza, quien trabajaba como niñera del hijo de la funcionaria, para que revelara el paradero de una maleta con dinero en efectivo, pasando por unas cuestionables conversaciones con el exsenador Armando Benedetti, hasta llegar a las interceptaciones ilegales de Meza, provocaron la dimisión de la jefa del Gabinete.
Por medio de su cuenta de Twitter (ahora X), Sarabia aseguró que nada tenía que ver con esto y que jamás fue consultada por los agentes de la Policía que ejecutaron el polígrafo en la Casa Galán, ubicada en inmediaciones de la Casa de Nariño; ni mucho menos tuvo conocimiento de las “chuzadas” que fueron realizadas por agentes de la Sijín de la Policía.
Tras su renuncia, Sarabia fue citada a interrogatorio por la Fiscalía General. Sin embargo, tras varios aplazamientos, la funcionaria se presentó el 5 de agosto en el búnker únicamente para alegar que su reciente nombramiento como directora de Prosperidad Social (DPS) le otorgaba un fuero, por lo que el caso debía ser asumido por un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia.