El concejal de Bogotá, Marco Acosta, presentó una demanda de nulidad por inconstitucionalidad ante el Consejo de Estado, contra la resolución que reglamenta el aborto en Colombia y que permitió la interrupción del embarazo hasta la semana 24 de gestación.
La razón para presentar la demanda es la indignación que generó en sectores Provida, el pasado 12 de enero, la noticia de que la ministra de Salud, Carolina Corcho, a través de la resolución 051 del año en curso reglamentó el aborto en Colombia, cuando la Corte Constitucional ha instado al Congreso a que haga esa reglamentación.
“El Ministerio, sin ningún sustento legal, vulneró el principio de legalidad, usurpó funciones del Congreso, omitiendo incluso que al tratarse de la reglamentación de derechos fundamentales, como lo es el derecho a la objeción de conciencia, por parte de profesionales de la salud. Debe hacerse por vía de una ley especial y no por una resolución. De hecho, esta resolución impide el ejercicio de la patria potestad de los padres, sobre sus hijas, al no permitirles ni siquiera el derecho de saber qué tipo de tratamiento se le va a realizar a las menores de edad y por su puesto anulando su autorización para practicar cualquier tratamiento”, señaló Acosta.
El 21 de febrero de 2022, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica sobre la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia: despenalizó la práctica y permitió que se lleve a cabo sin ningún tipo de condiciones hasta los seis meses de gestación.
La sentencia C-055 de 2022 generó un cambio profundo en el acceso a estos servicios médicos y obligó al Ministerio de Salud a ajustar las directrices que les daba a las clínicas y hospitales para llevar a cabo los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo (IVE).
“Desde el año 1975 ante el Congreso de Colombia se han radicado en 39 ocasiones, iniciativas legislativas relacionadas con la búsqueda de la despenalización del aborto, pero ninguna hasta la fecha prosperó, dejando un claro mensaje de que el único competente para reglamentar el aborto a dicho permanente y consistentemente un categórico NO a la despenalización del aborto, y negándose a convertir esta cruel práctica en un método de planificación como lo ha querido hacer la Corte Constitucional”, señala la demanda conocida en primicia por SEMANA.
Antes el aborto solo estaba permitido en los primeros tres meses de gestación y bajo tres causales: que el embarazo representara un riesgo para la vida de la madre, que hubiera sido producto de un abuso sexual o que hubiera malformación del feto.
Pero a partir del 21 de febrero de 2022 la despenalización fue total y aun después de los seis meses de gestación, las mujeres pueden abortar alegando una de las tres causales que estaban vigentes antes para los primeros meses de embarazo.
Los sectores Provida, de hecho, participaron en las marchas del pasado 15 de febrero. Allí aprovecharon para hacer una “firmatón nacional” en la cual recogieron firmas para impulsar una propuesta que llaman el “referendo provida”.
La iniciativa está siendo apoyada por varias figuras políticas, como el excandidato presidencial John Milton Rodríguez, quien ha dicho que la idea es recoger cerca de dos millones de firmas para respaldar la iniciativa.
La Corte Constitucional, además, ha señalado que la objeción de consciencia es personal y no institucional. En otras palabras, ninguna clínica u hospital puede negarse a prestar los servicios de interrupción del embarazo por razones ideológicas, religiosas o morales.