El Consejo de Estado admitió para su estudio la tutela de la Procuraduría General con la que busca revivir por lo menos diez sanciones disciplinarias que fueron anuladas en los últimos meses por el Consejo de Estado.

En la acción judicial, la Procuraduría indica claramente que cuenta con las facultades para investigar, juzgar y sancionar a funcionarios elegidos por voto popular. Esto, muy a pesar de lo que ha expresado el máximo tribunal de lo contencioso administrativo.

De esta forma, la Sección Segunda del alto tribunal advirtió que se hace necesario estudiar la situación.

“Será en el fallo la oportunidad para pronunciarse al respecto, en conjunto, con los argumentos y pruebas en que basa la solicitud de amparo del radicado de la referencia”, concluyó la Sección Segunda.

La Procuraduría General pidió, como medida provisional, la suspensión de la ejecución de las sentencias del Consejo de Estado. Sin embargo, por no encontrar mérito suficiente, la solicitud fue negada.

Entre los fallos que busca suspender la Procuraduría General se encuentra la sanción disciplinaria contra el exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández Suárez por golpear en la cara al concejal de la capital santandereana, Jhon Jairo Claro Arévalo.

El pasado 11 de marzo, el Consejo de Estado tomó la decisión de revocar la decisión advirtiendo que la Procuraduría General de la Nación carece de competencia para suspender o inhabilitar a funcionarios elegidos por voto popular, porque así lo previó la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El alto tribunal avaló las pretensiones de la demanda nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso el exalcalde de Bucaramanga contra el fallo que lo suspendió por ocho meses y el pago de una multa de 95 millones de pesos.

“La Sala revocará la decisión de primera instancia y declarará la nulidad de los actos administrativos demandados por haberse impuesto por parte de la Procuraduría una sanción de inhabilidad y suspensión a un servidor público elegido popularmente (la cual, posteriormente, se convirtió en el pago de salarios), lo que conlleva una restricción de derechos políticos, que como se analizó con anterioridad, es competencia exclusiva de las autoridades judiciales competentes”, señaló el fallo.

En la decisión se citó la decisión emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego vs. Colombia que evaluó la sanción emitida por la Procuraduría General contra el entonces alcalde de Bogotá por 15 años para ejercer cargos públicos por las irregularidades en el proceso de contratación para el nuevo modelo de aseo en la capital.

Para el Consejo de Estado, en el acatamiento de la jurisprudencia de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos, se debe entender que la Procuraduría mantiene funciones de investigación y juzgamiento de funcionarios elegidos popularmente, “siempre y cuando la misma no implique la restricción de sus derechos políticos, lo que significa que no los podrá suspender o inhabilitar”.

La Procuraduría General pide revivir las sanciones emitidas contra José Rubiel Páez, Javier Osorio Cortés, Sandra Jaramillo González, Yamid Sterling Sánchez, Óscar Fernando Ortega Cerón, Juan Alberto Ramos Coronel, Marco Sergio Rodríguez Merchán, Carlos Barbosa Malaver y Sonia Serrano Prada.