Un hecho insólito se presentó en noviembre de 2022 en el aeropuerto El Dorado de Bogotá, cuando un funcionario de Migración Colombia, entidad responsable de monitorear y llevar a cabo el control migratorio, tuvo un altercado con un viajero que llegaba a la ciudad. Todo quedó grabado y en las imágenes se pudo ver cómo el hombre le propinó un golpe con su pierna a un pasajero y después buscó agredir a la persona que grababa.
Ante la gravedad de esta conducta por parte de un funcionario público, la Procuraduría General de la Nación, en un fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 12 años y 5 meses al oficial de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Jaime Alonso Sánchez Cárdenas, hallado culpable de golpear al viajero y ocasionarle lesiones en el rostro y la pierna izquierda, que resultaron en una incapacidad medicolegal de cinco días.
La investigación estableció que Sánchez Cárdenas abusó de su cargo y agredió físicamente al ciudadano colombiano que le solicitó orientación para acceder al registro biométrico y realizar su trámite migratorio de ingreso al país. El incidente ocurrió el 24 de noviembre de 2022.
En el video se pudo apreciar cómo un grupo de viajeros se sorprendió con la actitud del funcionario e incluso algunos de sus colegas se acercaron para tratar de calmar la situación.
“A mí no me grabe”, decía el funcionario mientras una de sus colegas intentaba solucionar el inconveniente. En otro momento del video se pudo ver cómo otros empleados de Migración Colombia separan a los dos hombres y deciden llevarse al pasajero que había sido golpeado previamente.
Ante este desafortunado evento, Migración Colombia emitió un mensaje a través de su cuenta oficial de X en el que “rechaza el comportamiento del funcionario, que no le es permitido bajo ninguna circunstancia”, y agregó que en ese momento “se inicia la investigación de conformidad con la Ley disciplinaria.”
Tras la investigación del Ministerio Público, el órgano determinó que el funcionario infringió su deber de tratar a las personas con respeto, quebrantando injustificadamente los deberes asignados como servidor público. Este comportamiento afectó los valores y principios de la función pública y obstaculizó la consecución de los fines del Estado.
La falta cometida por Sánchez Cárdenas fue calificada como gravísima y a título de dolo. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.
Además, la Procuraduría Delegada de Juzgamiento 3 aclaró que el tiempo que Sánchez Cárdenas cumplió bajo suspensión provisional, decretada como medida cautelar, será tenido en cuenta para el cumplimiento del término de la sanción de inhabilidad general impuesta.