Siguen adelantándose los procesos de la Justicia Especial para la Paz a fin de esclarecer los crímenes cometidos en el marco de la violencia, los cuales han dejado huellas prácticamente imborrables en la memoria nacional. Toda clase de horrores han sido perpetrados por los grupos armados y se busca encontrar la manera de restituir las vidas de las familias de las víctimas.

En ese sentido existe el macrocaso 11, el cual tiene como objetivo principal investigar delitos de lesa humanidad relacionados con la violencia sexual y las violencias basadas en el género ocurridas dentro del marco del conflicto armado en el país.

La Jurisdicción Especial para la Paz fue establecida para tratar casos relacionados a los perjuicios causados por grupos guerrilleros o paramilitares. | Foto: Con derechos gestionados de Getty Images

No obstante, hay un punto pendiente en cuanto a ese expediente en específico y es que la Procuraduría General de la Nación tuvo que pedir a la Sala de Reconocimiento de la Verdad las explicaciones pertinentes por no haber cumplido el plazo de 30 días para abrir el caso, orden que fue dada por un juez del Tribunal de Paz.

Conforme a lo que indican cuatro procuradores delegados ante la JEP, ya han pasado 36 días desde que se comunicó el fallo de tutela y siguen sin tomarse acciones en cuanto al mismo.

Cabe mencionar que la decisión tomada amparó el acceso a la administración de justicia dentro de un lapso razonable y a la garantía de los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición para las víctimas, los cuales son parte fundamental del propósito por el que este mecanismo fue creado.

“Los agentes del Ministerio Público aclararon que, si bien la SRVR solicitó la suspensión de la orden proferida, la Sección de Apelación la rechazó por inconstitucional, y recordaron que incumplir las órdenes proferidas en un trámite de tutela habilita la adopción de medios adicionales de protección constitucional por parte del juez que ordenó el amparo”, indicó el ente público.

Y es que este no es el único motivo por el que la JEP está bajo la lupa de los organismos de control, sino que presuntos intentos de criminales corrientes para colarse en esta modalidad de justicia ha hecho que las autoridades estén todavía más pendientes.

El Ministerio Público revisa la falta de decisiones al respecto del macrocaso 11. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Más de 600 personas intentaron colarse en la JEP para recibir beneficios judiciales por delitos comunes, corrupción y narcotráfico

En cinco años de funcionamiento, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas ha rechazado y excluido de forma definitiva a 2.772 personas que solicitaron ingresar a la JEP, pero que no reunieron, ni cumplían con los requisitos necesarios para que sus procesos judiciales fueran tramitados por la Jurisdicción Especial para la Paz.

De ese total, 666 personas intentaron colarse en la JEP para recibir beneficios judiciales pese a que no tenían ninguna relación con el conflicto armado y habían cometido delitos comunes y que afectaron gravemente a la sociedad colombiana, por tratarse de casos emblemáticos de corrupción o relacionados con narcotráfico. De ellos 582 eran civiles y 84 eran agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública.

Del universo de postulaciones que no fueron admitidas, la JEP informó que muchas de estas personas presentaron sus solicitudes por fuera de los tiempos estipulados por la Ley, en otros casos se trató de comparecientes que fueron expulsados por no cumplir con sus obligaciones dentro del Sistema Integral para la Paz, es decir, no brindaron aportes tempranos, oportunos y exhaustivos a la verdad que vayan más allá de lo conocido y establecido por la justicia ordinaria.

El mandato de la JEP va hasta el año 2037. | Foto: JEP

De acuerdo con la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el mayor porcentaje de procesos rechazos corresponde a 1.750 solicitudes de antiguos integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y de otros grupos armados al margen de la ley, quienes no hacen parte de la competencia personal, material o temporal de la JEP.

En otros casos, la JEP determinó que se trataba de procesos que no tenían nada que ver con el conflicto armado colombiano. Por ejemplo, se rechazó la solicitud de cinco excombatientes de las extintas Farc-EP y de ocho personas que participaron en hechos de protesta social. Asimismo, la Sala determinó que 343 solicitudes de miembros de la fuerza pública estaban por fuera de la competencia de la JEP.