SEMANA conoció el fallo en el que el magistrado Diego Corredor de la Corte Suprema de Justicia dejo en firme la condena de 45 años y 7 meses de cárcel contra Ricardo Andrés Carvajal Salgar, por participar en el atentado terrorista contra la Escuela de Policía General Santander, en el sur de Bogotá, en el año 2019.
Ricardo quedó en evidencia como uno de los responsables del ataque que causó la muerte de 22 personas, después de que las autoridades le siguieron la pista a una explícita conversación telefónica que sostuvo con otra persona en la que confesó su participación. Dicha comunicación la sostuvieron a las 10:30 de la mañana, es decir, una hora después de la detonación del artefacto explosivo.
“Pusimos la bomba en la General Santander... nos tocó encaletarnos”, dijo Carvajal Salgar en esa conversación. Para ese entonces el hombre ya tenía varios procesos pendientes con la justicia por narcotráfico, lesiones personales, violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria. También fue condenado por el delito de hurto simple.
Ricardo Carvajal ya había sido condenado como coautor de los delitos de terrorismo agravado; fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fueras Armadas o explosivos; homicidio agravado en concurso homogéneo y simultáneo; homicidio agravado en grado de tentativa en concurso homogéneo y simultándo; y daño en bien ajeno agravado.
Frente a esa decisión, la defensa de Carvajal interpuso un recurso extraordinario de casación después de que en 2023 la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó nuevamente la condena de prisión.
Pero la Corte Suprema decidió inadmitir esa demanda porque “los hechos que aquí se juzgan constituyen un acto criminal inaceptable y deplorable que, sin lugar a equívocos, generó zozobra, terror y angustia en la población y, por esta vía, victimizaron no solo a los fallecidos y heridos, sino también a todo el tejido social, colocando en vilo la paz, la seguridad y la tranquilidad de los colombianos”, dice el auto de la decisión.
El hombre fue señalado por la Fiscalía de estar a cargo de la bodega donde se armó el vehículo con entre 50 y 80 kilos de explosivos que explotaron al interior de las instalaciones policiales. Ese lugar fue arrendando por José Aldemar Rojas, el hombre que condujo el carro bomba hasta la Escuela y murió en medio de la explosión.
Por esa razón, la Corte en su auto decidió “inadmitir la demanda de casación presentada a favor de Ricardo Carvajal, conforme lo consignado en la parte motiva del presente proveído”.
A principios de enero de 2019, Carvajal fue capturado en el barrio Los Laches, en el sur de Bogotá, donde se le encontró un celular, uniformes tipo overol y un manual del combatiente primera fase de instrucción del ELN. Hay que recordar que a esa guerrilla se le acusó de todo el plan que duró por lo menos 10 meses para llevar a cabo el atentado que dejó 22 personas muertas y más de 89 heridas.
SEMANA consultó el RUNT de Carvajal en donde registra que intentó sacar su licencia de conducción en octubre de 2017. El hombre consiguió el certificado aptitud física, mental y motriz, pero el trámite del certificado de aptitud en conducción fue rechazado.
Este dato cobra relevancia al tener en cuenta que cuatro meses después a este hecho, José Aldemar Rojas Rodríguez, el conductor de la camioneta en la que se detonó el explosivo, tramitó su pase. Las autoridades lograron confirmar que para esta fecha, febrero del 2018, Rojas comenzó a negociar la camioneta Nissan Patrol, de la cual hizo un anticipo y cerró el negocio en mayo del mismo año.
El pasado mes de enero, cinco años después del atento, las familias de las víctimas llegaron hasta la Escuela de Cadetes a una ceremonia de homenaje, pero clamaron justicia y le pidieron al Estado que garantice que en este caso no habrá impunidad.