Una de las ponencias sobre aborto que discutirá la Corte Constitucional en el tema de aborto es la del magistrado Alberto Rojas, que según pudo establecer SEMANA propone que la interrupción voluntaria del embarazo no sea un delito por discriminar a la mujer. La ponencia será repartida en los próximos días para discusión en sala plena.
En el caso de la ponencia de Rojas, se hace referencia al artículo 122 del Código Penal que, según advierte, es el único delito que hace una diferenciación sobre el género de quien lo comete: “La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause incurrirá en prisión de 16 a 54 meses”, señala esta norma clave para la discusión.
El presidente de la Corte Constitucional, Antonio Lizarazo, explicó por su parte desde Cúcuta que el alto tribunal retomará en próximos días una de las discusiones más polémicas que está pendiente de definir en el Alto Tribunal: el futuro del aborto en Colombia.
“Puedo decirles que ya están presentadas las ponencias, yo creería que entre lo que resta del mes de octubre y noviembre se estará tomando una decisión”, confirmó Lizarazo.
En este caso, hay dos ponentes: el propio Lizarazo y Alberto Rojas Ríos. El primero explicó, en el marco del encuentro de la Jurisdicción, que es uno de los temas claves que el alto tribunal espera resolver teniendo en cuenta la cantidad de conceptos y opiniones que genera en diversos sectores.
El pasado 15 de febrero, la Corte Constitucional envió a la Procuraduría los conceptos especializados allegados al proceso de constitucionalidad D-13956. El Ministerio Público reiteró la solicitud de inhibición del 14 de diciembre de 2020, al considerar que la determinación de la política de Estado en materia criminal y, en especial, sobre la penalización de aborto, se encuentra en cabeza del Legislativo.
En este momento, existen al menos 52 solicitudes (sumando las que han llegado a los despachos de los magistrados Antonio Lizarazo y Alberto Rojas Ríos) en las que se pide una audiencia pública para discutir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, un tema que sigue generando opiniones divididas en el país.
A las mujeres colombianas se les está permitido abortar si se encuentran en alguna de las tres causales estipuladas por la jurisprudencia: la primera, cuando exista peligro para la salud mental o física de la mujer; la segunda, cuando exista grave malformación del feto; por último, en casos de violación.