El ambiente enrarecido que se ha formado en torno a las elecciones del pasado 13 de marzo, en las que incluso algunos han hablado de un supuesto fraude, se ha formado en buena medida por los errores encontrados en los formularios E-14, en los que se han evidenciado problemas de diligenciamiento y tachaduras.

Más allá de la soluciones que se han puesto sobre la mesa para dar legitimidad al nuevo Congreso elegido el 13 de marzo, algunos sectores han planteado la idea de que a futuro se implemente el voto electrónico, una opción que en todo caso resulta controversial.

No obstante, esta idea no es nueva. En la reforma al Código Electoral aprobada hace ya varios meses por el Congreso se contempla un plan piloto de voto electrónico mixto.

La idea de este plan era que en algunas zonas del país, escogidas previamente, los ciudadanos votaran electrónicamente, pero a la vez el dispositivo usado para sufragar emitía una especie de boleto en la que estaba consignado el voto, el cual se introducía en una urna.

De esta manera se buscaba que el número de votos arrojado por el dispositivo coincidiera con los votos en las urnas.

Incluso, el presupuesto para 2022 contemplaba recursos por 722 mil millones de pesos para procesos democráticos y asuntos electorales, entre los que estaba la implementación del voto electrónico mixto.

Sin embargo, debido a que esta reforma aún está en estudio de la Corte Constitucional, no se pudo implementar este plan piloto.

Hasta tanto el alto tribunal no tome una decisión, no se avanzará en ninguna de las disposiciones que contiene está reforma. Incluso, según se conoció, la iniciativa está en aprietos debido a que es una ley estatutaria y fue aprobada en sesiones extra y a criterio de algunos de los magistrados, una ley de esta categoría debe tramitarse en sesiones ordinarias.

La reforma al Código Electoral establece que la terminal electrónica en donde se consigne la preferencia no podrá estar conectada a una red pública y deberá producir una constancia del voto que será depositada en una urna ante el jurado de votación. En caso de diferencia entre los votos consignados en la máquina y las constancias depositadas en las urnas, prevalecerán estas últimas.

Es decir, en todo caso prevalecerá el sistema manual, esto debido a que algunas voces han señalado que un sistema totalmente electrónico se podría prestar para el fraude, en la medida en que los dispositivos se podrían hackear.

Puntos clave

Entre algunos de los puntos más importantes de dicha reforma, está por ejemplo el que define la ciudadanía electoral, que incluye la participación de mayores de 18 años y el concepto de ciudadanía juvenil, que se adquiere al cumplir 14 años.

Otro punto es el que regula de manera amplia el derecho al voto que, además de la ciudadanía juvenil, incluye en el ejercicio de este derecho a las personas en situación de discapacidad, entre otras.

De otro lado, existe, por ejemplo, la posibilidad de que se le retiren algunas facultades que le daba este código a la Registraduría Nacional y al Consejo Nacional Electoral. Ahora, cabe anotar que el tiempo que le ha tomado a la Corte Constitucional pronunciarse sobre la exequibilidad (o constitucionalidad) o no, de la reforma al Código Electoral frustró la intención de que empezara a aplicarse en las elecciones de este 2022, al menos las legislativas, modernizando una normatividad que tiene más de tres décadas.