Durante dos meses, Molina realizó actos de protesta en las afueras de la Clínica de Popayán y emprendió una lucha jurídica para que el procedimiento no se realizara y se garantizara el derecho a la vida de su hijo Juan Sebastián. Sin embargo, alegando problemas de salud mental, su expareja se practicó el aborto, luego de siete meses de gestación. En el comunicado, con fecha de hoy, Molina asegura que recibió con dolor la impugnación que realizó Profamilia a la decisión del juez, donde se manifiesta que la institución garantizó el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo. “Es decir, que al parecer realizó el aborto”, dice. Ante la situación, el joven solicitó al juez que exija a Profamilia que aclare y corrobore lo dicho en el documento de impugnación, así como la fecha en la que se habría realizado el procedimiento. “Y que ellos expliquen el destino del cuerpo de mi hijo. Yo quisiera darle cristiana sepultura”, afirma.
Para que se investigue el caso, en el documento, Juan Pablo Medina asegura que la situación fue dada a conocer también a la Fiscalía, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a la Superintendencia Nacional de Salud. “Quisiera aferrarme a la idea de que mi hijo sigue vivo, pero ante la negativa de la mamá de atender a las nuevas citas de valoración médica y psiquiátrica, puedo esperar el peor resultado. Mis manifestaciones de dolor no implican que quiera que mi expareja vaya a la cárcel, sino que se investigue todo”, manifiesta. En los últimos días se conocieron pronunciamientos del joven, en los que afirmaba que quería ver a su expareja en la cárcel. En el documento, Medina aseguró que quiere que se investiguen los hechos y que se compruebe las presuntas presiones a las que ella también estuvo expuesta. “Cualquier cosa que haya dicho en ese sentido es en razón de mi dolor. Mi expareja, nuestro hijo y yo, somos víctimas del aborto”. Con relación a la práctica del procedimiento, Martha Royo, la directora ejecutiva de Profamilia, confirmó que sí se realizó la interrupción voluntaria del embarazo de la joven y que se llevó a cabo en conformidad con la sentencia C-355 de 2006.
“Profesionales de Profamilia atendieron a la señora, identificando y verificando que se encontraba bajo una de las tres causales despenalizadas. Los profesionales ofrecieron asesoría integral sobre las distintas opciones a las que tenía acceso y con las cuales contaba”, dijo. De acuerdo con lo que establece la corte, en la sentencia C-355 de 2006, un aborto solo puede practicarse por tres causales: cuando el embarazo constituya peligro para la salud o la vida de la mujer, cuando exista una grave malformación del feto o cuando la gestación sea el resultado de una conducta debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento. La madre del bebé, por su parte, dio a conocer su versión en entrevista con el medio de comunicación de Popayán Radio Super. De acuerdo con ella, en ningún momento fue presionada como lo aseguró su expareja y dijo que se sentía afectada psicológicamente. “Él se dio cuenta cuando nos enteramos a mi alegría no me dio, él me preguntó y no le respondí, le dije que ya qué”, dijo. Aseguró que fue ella quien solicitó su interrupción del embarazo. “No me siento bien psicológicamente, todo lo que ha pasado lo único que ha traído es problemas psicológicos, lo único que he querido es que esta pesadilla no esté pasando”, dijo en su momento. Al final del documento, Medina también agradeció a los colombianos que lo han acompañado en el proceso, a los congresistas que se han pronunciado y a los medios de comunicación que han dado a conocer el caso. “¡Quiero invitarlos a que no haya más JuanSes en Colombia! Ningún niño debe ser abortado y la pérdida de mi hijo no puede ser en vano”, dice.