La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz rechazó la solicitud de sometimiento de Carlos Mario Jiménez Naranjo en su calidad de exmiembro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y dijo que sus delitos de narcotráfico no son competencia de la Jurisdicción. Sin embargo, atendiendo a que en su solicitud afirmó que financió y auspició organizaciones paramilitares antes de formar parte de las Autodefensas Unidas de Colombia, la Sala consideró que Jiménez Naranjo debía acreditar que cumplía las condiciones para solicitar su sometimiento a esta Jurisdicción en calidad de tercero, exclusivamente por las conductas que cometió entre 1990 y el primer semestre de 1996.

De acuerdo con la resolución 00133, Jiménez deberá subsanar su petición y suscribir un acta de sometimiento a la JEP, sin que esto signifique que será aceptado por la Jurisdicción Especial para la Paz. Al subsanar su solicitud ante la JEP, Jiménez Naranjo tendrá que proponerle a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas un compromiso concreto, claro y programado respecto a su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas a la verdad plena, la reparación integral y la no repetición.