Por improcedente fue rechazada de tajo la tutela en contra del fallo que anuló la elección de Alexander López Maya como senador para el período 2022-2026. En la decisión, conocida en primicia por SEMANA, el Consejo de Estado rechazó las pretensiones de la acción judicial presentada por la concejala del Pacto Histórico, María del Carmen Londoño Sanna contra la sentencia emitida en noviembre de 2023.
La dirigente política vallecaucana advertía que se habían presentado fallas en el estudio de la demanda contra la elección de López Maya, asegurando que el fallo del Consejo de Estado se emitió de manera extemporánea, por lo que se le había vulnerado su derecho a la igualdad, el debido proceso; y a elegir y ser elegido.
Sin embargo, en un fallo de once páginas, el alto tribunal consideró que nada de lo postulado en la tutela tenía un sustento, haciendo énfasis en que la concejala del Pacto Histórico no contaba con ninguna potestad para radicar la acción judicial.
“(se) permite evidenciar que la señora María del Carmen Londoño Sanna, en relación con la citada decisión, no le asiste interés jurídico legítimo para controvertir esa providencia, debido a que mediante esta se resolvió la nulidad de la elección del señor Alexander López Maya como senador de la República para el periodo 2022-2026″, resalta la decisión. “Por lo cual se concluye que dicho proveído no afectó, ni directa ni indirectamente, la situación jurídica de la accionante”.
La elección de López Maya como senador fue anulada por la Sección Quinta del Consejo de Estado por incurrir en doble militancia política. Esto por apoyar abierta y públicamente la candidatura de Jorge Édgar Flórez Herrera a la Cámara de Representantes, quien hacía parte de la Alianza Verde, en lugar de apoyar la campaña de Mary Anne Andrea Perdomo Gutiérrez quien estaba vinculada a la coalición del Pacto Histórico.
“No podía, más aún, atendiendo su especial condición de senado de la República y representante legal del partido político Polo Democrático Alternativo, apoyar candidato distinto al determinado por su propia organización”, aseveró el fallo, al citar que debía apoyar “única y exclusivamente” a la candidata que hacía parte de la coalición del Pacto Histórico.
En esta situación se aseveró que López Maya debía “abstenerse” de hacer cualquier tipo de pronunciamiento en esta campaña política. “Se debe tener en cuenta que la referida candidata, si bien no fue avalada por el partido Polo Democrático Alternativo, sino por el movimiento político Colombia Humana, en últimas fue la candidata de la referida coalición, por lo que demás integrantes de aquella debían secundar esa aspiración”.
El caso tiene como factor adicional el hecho que López Maya tenía un importante cargo en el Polo Democrático, partido clave en la coalición del Pacto Histórico y que estaba apoyando varios candidatos al Senado y la Cámara de Representantes.
El 6 de mayo pasado, López Maya fue posesionado por el presidente Gustavo Petro como director del Departamento Nacional de Planeación (DNP).
En contra de este nombramiento cursa en la actualidad una demanda en el Consejo de Estado. En la acción judicial se advierte que el excongresista no cumple con los requisitos de experiencia y estudios para este cargo administrativo.