Por presuntamente incurrir en una omisión de gestiones tendientes a garantizar el uso correcto de algunos bienes recibidos en donación, la Procuraduría General de la Nación llamó a juicio disciplinario al exdirector general de la Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño), Fernando Burbano Valdez -quien estuvo en el cargo entre 2016 - 2019, y la exsubdirectora Administrativa y Financiera, Adriana Oviedo Lozada.

En el pliego de cargos, el organismo de control disciplinario advirtió que en el año 2016 una institución financiera entregó doce televisores como parte de los beneficios otorgados por la apertura de sendos Certificados de Depósito a Término Fijo (CDT), bienes que no habrían sido ingresados al inventario de la Corporación y que posteriormente se entregaron a funcionarios y contratistas a título gratuito, lo que pudo ocasionar un detrimento patrimonial superior a los 20 millones de pesos.

Televisores. (Imagen de referencia). | Foto: Getty Images

En el llamado a juicio, firmado por la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública, adujo que el comportamiento de Burbano y Oviedo podría constituir una falta disciplinaria al no administrar y supervisar en debida forma los bienes, con lo que, al parecer, “inobservó” la ley, el Acuerdo interno de la entidad y el manual de funciones, y un desconocimiento de los principios de economía, moralidad y responsabilidad.

Debido a esto, la falta cometida por los disciplinables fue calificada provisionalmente como grave a título de culpa gravísima, por lo que se podría aplicar la máxima sanción que es de 20 años de inhabilidad para ocupar cargos públicos.

El organismo de control disciplinario deberá ahora recibir las pruebas de los procesados para realizar el respectivo juicio disciplinario y determinar si incurrió en una falta.

Irregularidades en contratos de vivienda

El exalcalde de Quinchía, en el departamento de Risaralda, Barney Antonio Ibarra Arias (2012 – 2015), fue llamado a juicio disciplinario por presuntamente suscribir un contrato irregular para la ejecución del mejoramiento de 99 soluciones de vivienda mediante una modalidad diferente a la ordenada por la ley.

Para la Procuraduría Provincial de Instrucción de Cartago, el exmandatario municipal habría suscrito un convenio de asociación con la Empresa de Servicios Públicos Mixta Operador Regional de Occidente, a través de la selección objetiva de contratación directa, sin que esa posibilidad se ajustara al objeto y a las obligaciones pactadas.

“La actividad contractual reviste las características propias de un contrato de obra”, con lo que aparentemente se contrarió el ordenamiento legal que regula la contratación estatal y debió hacerse con una licitación pública, por lo que Ibarra Arias posiblemente desconoció los principios de selección objetiva, transparencia, responsabilidad y economía, advirtió el organismo de control disciplinario.

La falta cometida por el exfuncionario fue calificada provisionalmente como gravísima a título de culpa gravísima.

Hidroeléctrica de Sogamoso

Ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), la Procuraduría General pidió que se le informe sobre el seguimiento que realiza a la licencia de operación de la Central Hidroeléctrica Sogamoso y al Embalse Topocoro, esto debido a las reiteradas quejas por parte de la comunidad relacionadas con la presunta afectación ocasionada al ecosistema por la apertura y cierre de compuertas de la represa al río Sogamoso, especialmente durante la temporada invernal presentada en el 2022 y que podría extenderse hasta febrero del 2023.

En la actualidad, Petromil tiene la mayor capacidad del país: 1,7 millones de barriles de combustibles, después de la operación de Cenit. | Foto: Petromil

En la acción preventiva adelantada por el ente de control, a través de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, el Ministerio Público exhortó al Director General de la Anla, Rodrigo Negrete Montes, a remitir los últimos informes técnicos de seguimiento a la licencia ambiental, además de precisar datos sobre el caudal ecológico para el río Sogamoso y el control aplicado para que dicho caudal permita conservar la función ecológica del afluente y el recurso pesquero e hidrobiológico.

Asimismo, el Ministerio Público también señaló que es necesario y oportuno revisar el seguimiento que despliega la Anla para evitar riesgos al recurso íctico por la disminución de la población de peces frente a posibles patrones migratorios, afectando la sostenibilidad ambiental y la de los habitantes que dependen del río en el departamento de Santander.

Finalmente, la procuraduría incitó a la Anla, a ejecutar de manera urgente las actuaciones de seguimiento y control a la operación de la Central Hidroeléctrica Sogamoso y al Embalse Topocoro, así como la evaluación al cumplimiento de la Resolución 0476 del 17 de mayo de 2000 y sus modificaciones, expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de la cual se otorgó licencia ambiental a la empresa Isagen S. A. E. S. P., para realizar la ejecución del Proyecto Hidroeléctrico Sogamoso, ubicado en el departamento de Santander, con el fin de garantizar su adecuada operación, así como el derecho al goce de un ambiente sano, especialmente de las comunidades aledañas a esta obra.