El Consejo de Estado sancionó por desacato al presidente de la Nueva EPS, José Fernando Cardona, debido a que no se demostró que hubiera cumplido una acción de tutela por medio de la cual se le ordenó a esa empresa promotora de salud suministrar un medicamento para tratar la epilepsia refractaria que sufre un paciente.

“El medicamento venía siendo suministrado por la EPS desde hace varios años, en cumplimiento de un fallo de tutela emitido por esta misma corporación judicial. Según el solicitante, a partir del 5 de noviembre del año anterior se vio obligado a sufragar los gastos de la medicina de su propio bolsillo ante la negativa de Nueva EPS de seguirlo dotando de ella gratuitamente. De ahí que el paciente interpusiera incidente de desacato, en aras a que se sancionara el incumplimiento”, advierte el Consejo de Estado en una decisión.

José fernando cardonaPresidente de la Nueva EPS | Foto: Esteban Vega La-Rotta / Publicaciones Semana

A pesar de la tesis del apoderado de la secretaría general y representante legal suplente de la entidad, según la cual el gerente regional de Bogotá era el responsable del cumplimiento del fallo de tutela, el Consejo de Estado determinó que “las consecuencias del incumplimiento deben ser atribuidas al presidente de Nueva EPS, puesto que la orden de protección se dictó a esa entidad, que está representada por su presidente. Lo anterior, en la medida en que la empresa promotora de salud no entregó ninguna prueba de que hubiera cumplido la orden, ni desvirtuó lo relatado por el paciente”.

Así las cosas, la Sala advierte que “no se acreditó el cumplimiento de la orden impartida en la sentencia de 5 de febrero de 2015, así como que los argumentos expuestos por la entidad en cuestión no son de recibo, pues la medida de protección se dictó a la Nueva EPS, la cual está representada por su presidente, quien es el superior jerárquico del gerente regional de Bogotá”.

Y agrega el fallo: “De hecho, llama la atención que en la primera solicitud de desacato que el tutelante promovió por no cumplirse lo dispuesto en el referido fallo de tutela, compareció el apoderado general de la Nueva EPS en temas de tutelas, quien sí aportó los documentos que demostraban el cumplimiento de lo ordenado”.

En consecuencia, “salvo que se demuestre el haber seguido cumpliendo la orden de suministro del medicamento, el presidente de la Nueva EPS deberá pagar dos salarios mínimos mensuales vigentes”.

El panorama de Nueva EPS

Durante el primer trimestre del 2020, los ingresos de Nueva EPS ascendieron a los 2,8 billones de pesos y las utilidades a 5.600 millones. Con esto continuó el buen desempeño que llevó a que en 2019 alcanzara 7,9 billones en ingresos operacionales y utilidades de 12.000 millones de pesos. A pesar de sus altos ingresos, este negocio tiene bajos márgenes, dado que el costo médico alcanza alrededor de 95 % del total de los ingresos y los gastos operacionales, casi otro 5 %.