El Consejo de Estado rechazó la petición que pretendía dejar por fuera del cargo a la Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo, por los supuestos actos de violencia que se habrían presentado contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en medio de la Sala Plena para elegir a la nueva jefe del ente investigador.

La Sala de lo Contencioso Administrativo decidió admitir “la demanda de nulidad electoral presentada por los señores Larzon Steve Cárdenas Delgadillo y Juan Manuel Retis Amaya, contra el acto de elección de la señora Luz Adriana Camargo Garzón, como fiscal general de la Nación, contenido en el Acuerdo 2280 del 12 de marzo de 2024, expedido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en los términos expuestos en la parte motiva de esta providencia”.

El propio presidente Gustavo Petro fue quien convocó a las movilizaciones afuera del Palacio de Justicia para presionar la elección de la nueva fiscal. | Foto: Esteban Vega La-Rotta

Sin embargo, el Consejo de Estado decidió negar la solicitud de suspender a la exfiscal Camargo, al considerar que la petición y la demanda “se sustentaron únicamente en los reproches referidos en el párrafo antecedente, la Sala centrará su estudio en los referidos planteamientos”.

Uno de los principales argumentos de la demanda es que la elección de la Fiscal se saltó varias normas como la violencia contra los electores, en este caso los magistrados de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, quienes tuvieron que ser evacuados en vehículos escoltados con Policía después de que el Palacio de Justicia fue asediado durante la tarde del 8 de febrero.

Manifestantes bloquean las entradas del Palacio de Justicia | Foto: ESTEBAN VEGA LA ROTTA

“Los actores explicaron que el artículo 275.1 de la Ley 1437 de 2011, prescribe como causal de nulidad de los actos electorales la relativa a que «se haya ejercido cualquier tipo de violencia sobre los nominadores, los electores o las autoridades electorales»”, explicó el Consejo de Estado en su decisión.

Sin embargo, el alto tribunal sí estudiará esa demanda en la que argumentan que el asedio al Palacio de Justicia en medio de una de las Salas Plenas para elegir a la fisscal, generaron presiones que minaron la voluntad y autonomía de los magistrados que participaron en el proceso y, agregaron que, la terna se descompuso por la renuncia de la candidata Amelia Pérez el día de la sesión en la que fue elegida la hoy fiscal.

Gerson Chaverra Castro Presidente de la Corte Suprema de Justicia Rueda de Prensa Elección Fiscal | Foto: ESTEBAN VEGA LA ROTTA PUBLICACIONES SEMANA

Sobre ese cargo de violencia contra los magistrados, el Consejo señaló que “la parte actora «no argumento la idoneidad de la violencia ejercida por los distintos actores mencionados en la demanda para doblegar la voluntad de la Corte Suprema de Justicia. Se limitó a esgrimir un razonamiento donde afirma que la existencia de violencia generada durante el proceso de elección puede conducir a una vulneración a la imparcialidad del elector y por eso la elección adolece de nulidad. No siendo claro el impacto real de la violencia en la voluntad del nominador, y mucho menos como esta afectó el resultado»”.

Aunque una de las advertencias es que el único elemento de juicio que podría dar indicio a la violencia contra los electores, es el comunicado de prensa del 8 de febrero de 2024, por medio del cual el presidente de la Corte Suprema de Justicia, como vocero de la entidad, rechazó los actos de violencia y exigió garantías para el desarrollo de su labor electoral.