“El pronóstico negativo sobre su comportamiento futuro que permite entrever que puede poner en riesgo la seguridad de la comunidad, lleva a esta Sala Especial a no acceder a revocar a Musa Besaile Fayad la medida de aseguramiento”. De esta manera, la Corte Suprema de Justicia le negó la libertad al exsenador del Partido de la U, quien enfrenta, entre otros, un proceso penal por sus presuntos nexos con grupos paramilitares.
El excongresista se entregó el 27 de septiembre de 2017. Esto después que él mismo reconociera que había pagado dos mil millones de pesos para que se frenara, en la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia, una orden de captura en su contra en el proceso que se le adelantaba por parapolítica.
Cinco años después, la defensa de Besaile reclama que no existen méritos para que siga en firme la medida de aseguramiento en centro carcelario, hecho por el cual pedía que se le sustituyera. Sin embargo, para la Corte, existe un alto riesgo para la sociedad y para la dignidad del proceso penal.
“(...) pese a que en la actualidad, Musa Besaile Fayad no ostenta la condición de Senador de la República, lo cierto es que como integrante de un clan con poder político en el departamento de Córdoba, del que es oriundo, aún goza de una posición privilegiada y, por tanto, como lo sostuvo la Corte al resolver su situación jurídica conserva su capacidad de injerencia en la burocracia gubernamental en ese territorio (...), lo que aún puede permitirle la comisión de conductas contrarias al ordenamiento jurídico”, precisa el fallo de 35 páginas.
En este sentido se señala que existe un nefasto antecedente de intento de sobornar a la justicia, hecho por el cual sigue latente que el excongresista pueda entregarle dinero a un testigo para que cambie su versión y lo favorezca en el proceso.
“(...) del posible soborno a testigos para que lo favorecieran en este proceso y la manto de violencia, amenazas y sangre que al parecer ha determinado la retractación de testigos, así como el deceso de un declarante de cargo (Luis Eduardo Urán Lara), e incluso e de uno de los escoltas privados vinculados a su familia (Carlos César Anaya Arévalo)”, concluye la Corte.
En otro de los apartes del fallo se hace énfasis en el peligro y riesgo para la comunidad que representa el exsenador por el delito por el que es investigado. En el análisis jurídico se advierte que es latente el riesgo de fuga o de no comparecer ante la justicia si se emite un fallo condenatorio.
“(...) dada a gravedad de a conducta que le ha sido atribuida, esto es, concierto para delinquir en la modalidad de promover grupos armados al margen de la ley el cual tiene prevista una pena de prisión de ocho (8) a dieciocho años de prisión, el que tenga un esposa y tres hijos, dos de ellos menores de edad (...), no garantiza que en el evento de ser cobijado con una sentencia de condena comparecerá para cumplirla. Por el contrario, la experiencia enseña que, aun mediando este tipo de circunstancias, los procesados evaden las decisiones de la administración de justicia”, reseña la Sala.
De esta manera, la Corte le cerró las puertas a un beneficio carcelario, por lo que deberá seguir recluido en La Picota mientras se adelanta el proceso penal en su contra.
Besaile, igualmente, es uno de los principales protagonistas del escándalo de corrupción conocido como el Cartel de la Toga que permeó a la Rama Judicial.