Por una aplastante mayoría, 62 votos contra 24, la plenaria del Senado le cerró definitivamente la puerta al debate de moción de censura que el Polo Democrático había propuesto contra el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, por el tema de los bonos agua. La decisión se adoptó después de que la Cámara de Representantes le hubiera dado vía libre al intento de destitución contra el funcionario y que se adelantará este miércoles en la plenaria de la cámara baja.  La votación correspondió a la apelación que el senador Jorge Robledo (Polo) había presentado contra la decisión de la mesa directiva del Senado que declaró improcedente la moción de censura contra el ministro de Hacienda con el argumento de que los hechos que la motivaban no correspondían a sus actuales funciones como ministro del gobierno de Iván Duque. Robledo anunció que presentará una acción de tutela para hacer valer sus derechos al libre ejercicio de la oposición.  En contexto: Robledo y Macías, se resuelve el duelo jurídico entre un arquitecto y un comunicador El Centro Democrático contó con el respaldo de congresistas de otros partidos, incluidos el Partido Liberal y Cambio Radical, que se habían declarado independientes al gobierno. Entre otras, los parlamentarios decidieron archivar el tema en el Senado por el hecho de que la moción de censura se adelantará en la Cámara de Representantes. Este miércoles se adelantará la audiencia en la que se escuchará al ministro Carrasquilla.    El intento de moción de censura contra el ministro de Hacienda comenzó el pasado 18 de septiembre cuando Robledo adelantó un debate de control político contra el ministro de Hacienda por el tema de los denominados bonos de agua. El senador del Polo acusó a Carrasquilla de haber utilizado su cargo de ministro de Hacienda, durante el gobierno de Álvaro Uribe (2003 y 2007) para diseñar un esquema para otorgar créditos a 117 municipios para ser invertidos en obras de acueducto y saneamiento básico. Según Robledo, el esquema diseñado por Carrasquilla puso en marcha un negocio calculado que endeudó de manera “irresponsable, ventajosa y leonina” a 117 municipios colombianos que en la actualidad no solo están pagando la deuda y sus intereses, sino que continúan sin las obras de acueducto y alcantarillado. Puede leer: Plan B contra Carrasquilla Una semana después de dicho debate, el 25 de septiembre, Robledo y otros 16 senadores propusieron adelantar la moción de censura contra el ministro de Hacienda, con el argumento de que Carrasquilla “no está capacitado moral, ética y políticamente para desempeñar las funciones propias de su cargo de manera proba, responsable, eficaz, objetiva e imparcial”. La figura de la moción de censura está consagrada en el artículo 135 de la Constitución, que establece como requisito la condición de ser propuesta por la décima parte de los miembros que componen la respectiva cámara (Senado o Cámara de Representantes). Como Robledo la presentó con el respaldo de 17 senadores, superó este requisito. Sin embargo, el artículo 31 de la ley quinta de 1992 (reglamento del Congreso) establece que la mesa directiva de la respectiva cámara deberá convocar la moción de censura si esta cumple con los requisitos. Macías, apoyado por un concepto jurídico, señaló que en el caso de Carrasquilla no los cumplía: “los lineamientos que caracterizaron a los citados programas de gobierno (bonos agua) terminaron en el año 2010”, por lo que no están dentro de las actuales funciones del ministro, y como “las conductas se ejecutaron en el ámbito privado, no pueden ser materia de reproche político”. Con esos argumentos, el pasado 8 de octubre la mesa directiva del Senado (integrada por Macías, Eduardo Pulgar Daza y Angélica Lozano) declaró “improcedente” el debate de moción de censura contra Carrasquilla. Lea también: La cartera del ministro: el patrimonio de Carrasquilla, entre Uribe y Duque Un día después, el 9 de octubre, Robledo apeló esa decisión, apoyado en su propio concepto jurídico. El parlamentario onsidera que cumple con los requsistos constitucionales y legales, que el tema de los bonos de agua no son un asunto del pasado porque se siguen ejecutando, que la moción de censura también permite escrutar la vida privada de los actuales funcionarios, y no es un proceso judicial sino de control político, y que de no tramitarse se estarían violando los derechos a la libertad de expresión y el ejercicio de la oposición política. Esos dos conceptos jurídicos, tanto el de Macías como el de Robledo, fueron evaluados por la plenaria del Senado este martes que terminó dándole la razón al senador Macías. El veredicto tuvo más cariz político que jurídico.