En las últimas horas, la Corte Constitucional le ordenó al presidente del Senado, Iván Name, volver a poner a votación el articulado conciliado de la ley del Plan Nacional de Desarrollo, para publicar el vicio por la no publicación en tiempo del informe de conciliación.
Esa determinación se dio después de que el magistrado Juan Carlos Cortés, quien estudia varias demandas contra esa iniciativa legislativa, presentara un proyecto de decisión que presentó en la Sala Plena que se desarrolló en el alto tribunal para que se devolviera la norma al Congreso con el propósito de que se solucione un vicio de trámite que tuvo en dicha conciliación.
Para eso, la Corte Constitucional le dio al legislativo un plazo máximo de 30 días para que adelante esa diligencia, que dejó un error de vicio sobre la forma en como se llevó a cabo la votación en el informe de conciliación.
La Sala Plena decidió “ordenar al Presidente del Senado de la República que, con el fin de subsanar el vicio de procedimiento advertido en esta providencia, en los términos del inciso 2° del artículo 161 de la Constitución Política, someta a debate y votación de la Plenaria del Senado de la República el informe de conciliación sobre el proyecto de ley número 274 de 2023 Senado, 338 de 2023 Cámara, antecedente legislativo de la Ley 2294 de 2023, publicado en la Gaceta 427 de 2023”.
Sobre esos términos, el senador Iván Name le debe presentar un informe a la Corte Constitucional sobre la subsanación de ese vicio de trámite y volver a remitir una copia de la plenaria, para que el mismo tribunal vuelva a estudiar y se pronuncia sobre la constitucionalidad de la norma.
Con esta decisión quedó suspendido “los términos para la tramitación de los procesos que cursen ante la Corte Constitucional, por demandas instauradas contra los artículos objeto de conciliación sobre el proyecto de ley número 274 de 2023 Senado, 338 de 2023 Cámara, antecedente legislativo de la Ley 2294 de 2023, hasta el día hábil siguiente a la fecha en la que se profiera decisión sobre la constitucionalidad de la misma dentro del presente expediente”.
La Corte aclaró que el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de Gustavo Petro sigue vigente y con todos sus efectos en curso, hasta que no se emita una nueva decisión de la viabilidad de la ley demandada.
Dentro de los artículos conciliados por el Congreso aparecen temas como el Consejo Nacional Electoral, la extición de obligaciones EIS Cúcuta, el control de tráfico de fauna, la explotación estratégica de cobre, la educación para el trabajo, las nuevas regiones autonómicas, entre otros.
El Plan Nacional de Desarrollo volvió al Senado de la República después de que la Sala Plena votará 7 a 1 para que se resolviera ese vicio de trámite. Dentro de ese ejercicio, el magistrado Antonio José Lizarazo salvó su voto; y los magistrados José Fernando Reyes Cuartas; Jorge Enrique Ibáñez Najar y Diana Fajardo Rivera hicieron reserva de aclaración de su voto.