La Superintendencia Nacional de Salud (SuperSalud) informó este viernes que levantó oficialmente la medida de vigilancia especial que venía rigiendo desde 2018 sobre la entidad promotora de salud (EPS) Servicio Occidental de Salud (SOS).

A partir de ahora se le impuso la medida de Programa de Recuperación por el término de un año, tras evidenciar mejoría en diferentes componentes, y la necesidad de continuar la implementación de planes y acciones que garanticen la prestación de servicios a sus afiliados.

La resolución 3291-6, de 9 de junio de 2022, reza que se adopta la medida preventiva de programa de recuperación “para que la EPS continúe identificando mecanismos y estrategias efectivas en las que aborde la totalidad de las líneas de acción establecidas desde los componentes técnico-científico, financiero y administrativo y jurídico, de forma integral que le permita restablecer su situación y operar en condiciones óptimas dentro del sistema de salud”.

Adicionalmente, la SuperSalud informó que autoriza levantar la medida de limitación de la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados, la cual estaba vigente desde septiembre de 2018.

Según la entidad de vigilancia, la EPS SOS cuenta actualmente con una población de 797.286 afiliados, ubicados en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Quindío, Risaralda, Valle, así como en la ciudad de Bogotá.

La medida de programa de recuperación es una medida de menor nivel de intervención que la de vigilancia especial, pero que le implica a la EPS continuar bajo seguimiento del ente de control y cumplir un plan que debe adoptar y presentar a la misma.

“El diagnóstico hecho por la Superintendencia en el componente financiero identifica que, entre 2015 y 2021, la EPS ha materializado capitalizaciones por valor de $306.706 millones, lo que ha recuperado sus indicadores de solvencia, cerrando a marzo de 2022 con un defecto de capital mínimo de $251.321 millones y un patrimonio adecuado por $387.258 millones”, reza un comunicado de la SuperSalud.

“Además, la EPS ha reducido sus niveles de endeudamiento, cerrando a marzo 2022 con obligaciones que ascienden a 590.274 millones, de los cuales el 85% están concentrados en la red prestadora y proveedora de servicios”, agrega.

No obstante, la resolución administrativa señala que ese nivel de endeudamiento alcanza 1.7 veces el activo total, pese a la evolución que se presentó durante 2020, donde logró una reducción del pasivo de 221.861 millones en relación con 2019.

En el concepto técnico que se incluye en los considerandos de la resolución, la Superintendencia observa que, “si bien se hace necesario continuar implementando acciones de mejora, la EPS ha venido avanzando en varios componentes”.

Por ejemplo, ha implementado estrategias eficientes de gestión del riesgo en salud, adecuadas a las características de los territorios y ha desarrollado un análisis de suficiencia de red que, de acuerdo con el número de usuarios y la capacidad instalada, cumple con el 91,17 % de contratación con modelos prospectivos y un 8,83 % con contratos bajo la modalidad de evento.

También ha logrado un fortalecimiento de la red primaria complementaria, para control prenatal y partos, siendo la Fundación Valle de Lili el principal prestador para usuarias de medio y alto riesgo en los departamentos de Valle, Cauca y Quindío, según la SuperSalud.

No obstante, en apartes de la resolución, el ente de control llama la atención de la EPS, porque “presenta deficiencias en el control y seguimiento de su población materno-infantil, presentando, mujeres con diagnóstico de sífilis gestacional y recién nacidos con sífilis congénita, niños menores de un año con coberturas bajas de vacunación, que incrementan los riesgos de morbimortalidad”.

De esta manera, dice la SuperSalud, la EPS no logra identificar tempranamente los riesgos inherentes a las condiciones de salud de estas poblaciones que desencadenan mortalidades evitables relacionadas con la falta de articulación con la red de prestadores de atención primaria, deficiencias en la gestión de la demanda inducida y búsqueda comunitaria activa y efectiva.

En el concepto técnico que se incluye en los considerandos de la resolución, la Superintendencia observa que, “si bien se hace necesario continuar implementando acciones de mejora, la EPS ha venido avanzando en varios componentes”. | Foto: Superintendencia de Salud

También se pone de presente que la EPS presenta barreras de atención focalizadas en la demora de las autorizaciones y en la oportunidad para atención de consultas de pediatría y obstetricia, exámenes de laboratorio o diagnósticos, medicamentos PBS y No PBS que retardan el oportuno diagnóstico y tratamiento de acuerdo con las necesidades en salud que tienen sus afiliados.

Asimismo, se observa un aumento en número de tutelas PBS, 694, que, a juicio del ente de control, “denota falencias de la administración de a EPS en la gestión oportuna y con calidad de la atención a la población afiliada”.

Junto con la decisión de levantar la medida de vigilancia, la SuperSalud ordenó al representante legal de la aseguradora el cumplimiento de 17 actividades, entre ellas dos destacadas: cumplir las condiciones financieras y de solvencia, e implementar estrategias para garantizar prestación de los servicios de salud a la población afiliada, de manera que se reduzca el riesgo jurídico por la interposición de acciones de tutela.