Cuando se quiere un vestido perfecto, que ahorme según las necesidades de quien lo lucirá, lo recomendable es personalizarlo, para que no le sobre ni le falte. Un diseñador, modista o sastre es quien se encarga de sacar adelante lo que termina siendo una obra de arte. De ese oficio es que nace un término que se utiliza coloquialmente en algunos procesos de contratación: “Pliego de condiciones tipo sastre”.
Así llaman a la destreza que se tiene a la hora de generar necesidades tan específicas que de manera muy estratégica terminan direccionando las contrataciones a un solo oferente, algo evidentemente irregular.
Al parecer eso habría pasado en el último año en la Terminal de Transporte de Bogotá, a la hora de seleccionar la empresa que brindó la seguridad a las sedes de Salitre, Terminal Sur, Norte y los parqueaderos que administran del Distrito. El Contrato TT-04-2021 derivado del proceso de selección SPO-04.2020 tuvo un valor de $4.962.497.025.
La Unión Temporal OM 2021 –compuesta por las empresas Seguridad Oncor Ltda. y Seguridad Monserrate Ltda.– fue a la que se le adjudicó. Es de resaltar que estas empresas también ejecutaron los contratos de 2019 y 2020, pero cambiando el nombre de la razón social, en la que solo se intercambia nombre de las iniciales.
Por ejemplo, hace tres años se llamó Unión Temporal MO 2019 y en luego Unión Temporal MOON 2020. Esto indica que con la terminal contrataron durante ese período más de 15 mil millones de pesos aproximadamente.
Pese a que la Terminal de Transporte asegura que no hay nada irregular en que los mismos se hubiesen quedado con el contrato durante los últimos tres años, con un argumento algo ambiguo señala: “El proceso se adjudicó a uniones temporales que se conformaron únicamente con la finalidad de presentar propuesta para dichos procesos contractuales. En la ley no existe restricción sobre la posibilidad que distintas personas jurídicas se unan en diferentes procesos para cumplir un objeto común”.
El dato toma relevancia a la hora de leer los pliegos de condiciones con el que se adjudicó el contrato, según denuncian varias compañías de seguridad que prefieren permanecer en el anonimato por temor a las represalias que puedan generar en el sector.
La persona encargada de generar la necesidad del contrato es el director de seguridad, Nicolás Franco, quien llegó a trabajar a la terminal hace tres años, el mismo tiempo que lleva las nombradas empresas de seguridad en la terminal. Franco fue designado como supervisor de contratos de seguridad y vigilancia por la Gerencia General a partir del año 2020.
Él no solo estructura el estudio previo, sino que fija las condiciones técnicas, evalúa las propuestas, supervisa y liquida el contrato. Para algunos analistas en temas contractuales, lo recomendable es que esas funciones se distribuyan entre diferentes personas para prevenir vicios, pero allí decidieron dejarle todas las tareas al mismo Franco.
En las condiciones se lee que el proponente debe acreditar mínimo un año y un máximo de tres de contratos celebrados, ejecutados y terminados en los últimos 10 años, en prestación de servicio de seguridad y vigilancia privada. Con otra condición, que los servicios hubiesen sido en infraestructuras operacionales de transporte terrestre y por una suma de 4.500 salarios mínimos mensuales legal vigentes. Especificación que cerraría el círculo solo a aquellos que hubieran operado en Bogotá, por la dimensión de la plataforma. Los otros terminales de Colombia son muchos más pequeños, así que empezaban a quedar por fuera algunos aspirantes.
Aunque en realidad no entendían por qué debían tener experiencia solo en terminal de transportes si casi el 50 % del contrato brinda seguridad a parqueaderos públicos tradicionales, ¿no era suficiente pedir experiencia en grandes superficies o similares?
En pro de calidad, la terminal exigió que durante las propuestas ya se tenía que contar con el personal, altamente calificado, así que el oferente solo podría continuar en el proceso si pasaba la hoja de vida de los coordinadores y los supervisores que ejecutarían el contrato, el perfil de estos últimos llama la atención: “Tiene que tener tarjeta profesional en cualquier área”, experiencia de cuatro años en empresa de seguridad, los últimos tres contratados por el oferente. Normalmente estos son cargos ocupados por jóvenes bachilleres con cursos de seguridad y supervisión. Pero la terminal exigió profesionales.
Efectivamente, la unión temporal que ganó el contrato presentó dos hojas de vida con este tipo de perfil –debía presentar seis, por la cantidad de turnos, pero le valieron dos–, una de ellas la de una abogada que al revisar documentación aparece como representante jurídica de una de las compañías que con conforma la Unión Temporal.
El cargo de supervisor demanda asistir personalmente todos los días a la terminal y los puntos que le asignen. Estos supervisores son los que tradicionalmente se ven en una especie de carritos que recorren la terminal, pasando revista a los vigilantes para verificar que cuenten con los elementos necesarios para prestar el servicio, debe hacer “rondas permanentes por los puestos a su cargo”, dice las obligaciones específicas.
Sin embargo, tras revisar más de 1.200 páginas de registros biométricos y otros documentos facilitados dentro de esta investigación por la terminal, se ve muy esporádicamente la asistencia de estos coordinadores y supervisores, incluso en algunas de las actas hay firmas digitales y no presenciales como lo hacen quienes en realidad aparentemente cumplieron con el contrato, y asistían a los turnos asignados.
SEMANA se contactó con algunos de quienes aparecen en los registros cumpliendo las funciones de supervisores y varios de ellos manifestaron no ser profesionales, sino bachilleres. Esto demostraría que el requisito fue más de papel que práctico. Sin embargo, en la terminal aseguran que todos cuentan con tarjeta profesional.
El tema de los estudios y certificaciones es clave a la hora de determinar si en realidad fue una contratación tipo sastre. Porque en las reglas de juego que estableció el director de seguridad de la terminal se habla de unos requisitos ponderables, es decir, que si cumple con tales especificaciones recibirían puntos adicionales para ganarse el contrato.
Uno de los requisitos para las empresas es contar con un certificado de bioseguridad con una entidad reconocida a nivel nacional como Incontec, Fenalco Solidario, entre otras. La certificación se tiene que llamar: “Sello de empresas comprometidas con la bioseguridad”. En realidad, la que certifica con ese nombre exacto es Fenalco Solidario, las otras tienen otro nombre. Pero el solo hecho de tener el certificado tal cual dice el pliego de condiciones da 150 puntos, la única que lo tenía para la fecha era la unión temporal que se quedó con el contrato.
El coordinador HSE –Experto en gestión de salud, seguridad y medioambiente– debía tener un diplomado de mínimo 150 horas en gerencia de seguridad o similar y una competencia laboral del Sena en atender clientes, nivel avanzado, lo cual daba otros 150 puntos. Si otro de los coordinadores acreditaba cinco años de experiencia como consultor y ser evaluador de competencias Sena y cinco años de experiencia como gerente de operaciones o jefe o coordinador, le daría otros 200 puntos. Los supervisores, además de ser profesionales, debían cumplir requisitos como ser investigadores, asesores o consultores, esto más la experiencia les daría 200 puntos más.
En total los requisitos nombrados daban el 70 % del puntaje final (1.000). Gran parte de las condiciones fueron objetadas por más de una decena de empresas que esperaban postularse: “Solicitamos se elimine el sello de empresas comprometidas con la bioseguridad de los factores de ponderación por cuanto no aplica para las empresas de vigilancia y seguridad privada, por cuanto el enfoque es del sector de abarrotes”, se lee en una.
Otra dice: “La exigencia de evaluadores certificados por el Sena limita notablemente la participación de oferentes para el presente proceso, pues existen otros entes certificadores y notablemente autorizados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (Onac)”.
Pese a las advertencias, la Terminal insistió en que esas eran las condiciones del contrato, limitando la pluralidad de oferentes. Tanto así que las otras compañías terminaron desistiendo de la carrera por ganarse en contrato, la única habilitada pues la Unión Temporal OM 2021.
La Terminal de Transporte de Bogotá aclara que esta también hizo cinco observaciones que tampoco fueron tenidas en cuenta. Sin embargo, aunque hay quienes dicen que la perfección no existe y que siempre hay un margen de error, esta unión temporal fue perfecta en su postulación y sacó 1.000 puntos sobre 1.000.
Ahora, durante la ejecución no solo se cuestiona que quienes presentaron las hojas de vida en el proceso de selección no habrían cumplido el contrato y que se habrían desmejorado las condiciones, sino que a la hora de presentar la oferta se tarificó el pago de servicio de vigilancia con tasas por debajo del año 2021, aunque se presentó en enero cuando ya se había conocido la resolución de la Superintendencia de Vigilancia que regula los costos, y no permite pagos por debajo.
Esto configuraría una irregularidad, pero a eso se le sumaría que a la hora de ejecutar el contrato que firmó Ana María Zambrano, gerente de la terminal, sí se pagó con una tasa más alta a la ofertada durante el proceso de adjudicación. Es decir, se pagó más es ese servicio que el cotizado.
El contrato en cuestión está próximo a ser liquidado, por lo que exigen una revisión a fondo del proceso. Serán las autoridades competentes quienes determinen y existió o no algún tipo de direccionamiento, incumplimiento o irregularidad en el proceso contractual.