Con la aprobación de la Ley 2161 en el Congreso de Colombia, las personas a quienes se les vencía la licencia de conducción entre el primero y el 31 de enero de 2022, podrán hacer la renovación de este documento con un plazo máximo de dos años más.

En este sentido, esta vigencia adicional para la renovación del pase da un plazo máximo hasta el 31 de diciembre de 2023.

Por su parte, el Ministerio de Transporte manifestó que para las licencias de conducción que caducan a partir del primero de febrero de 2022, sí deberán renovarse tal como lo indica el documento de tránsito.

Cabe recordar que esta ley no solo tiene este beneficio. Desde un comunicado en la página de la Secretaría Distrital de Movilidad señaló que el valor del SOAT también se verá afectado, de manera positiva para el bolsillo de los colombianos, desde 2022.

“Un descuento del 10 % en el valor de la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito durante 2022, para aquellos conductores que hayan presentado buen comportamiento en 2020 y 2021″, dijo el titular de Movilidad Distrital, William Vallejo.

Otra disposición “está relacionada con la atención de eventos de tránsito donde no ocurren lesionados o víctimas fatales, en los cuales los vehículos que se ven envueltos en la colisión presentan sus seguros debidamente habilitados. En este caso, deberán ser movilizados a la mayor brevedad posible, no se requerirá un documento o croquis por parte de la autoridad de tránsito y los conductores podrán hacer las gestiones pertinentes con sus aseguradoras, las encargadas de realizar todas las documentaciones y ajustar sus procedimientos para que esto se realice de una manera expedita y no se impacte de manera considerable el tránsito con eventos donde no tenemos lesionados o fatalidades”, explicó Vallejo.

Renovación de la licencia

El Ministerio de Transporte recordó a los ciudadanos que deben renovar el permiso de conducir si lo tienen vencido, pues de no hacerlo podrían ser sancionados con multas o la inmovilización del vehículo.

Los interesados deben realizarse un examen médico, que se podrá llevar a cabo en un centro de reconocimiento habilitado por el Ministerio de Transporte en el que se verificarán las condiciones físicas, psíquicas y motrices.

Una vez se haga el examen, el centro de reconocimiento enviará los resultados al RUNT, para ingresarlo en el sistema.

De igual manera, se deberá entregar una fotografía, que se le tomará en la sede del organismo de tránsito y hacer la cancelación de derechos en el mismo lugar.

Después de que el organismo de tránsito hace las validaciones respecto a la identificación de la persona y que se encuentre a paz y salvo por multas y comparendos, expide su nueva licencia de conducción.

“El valor de los trámites varía en cada organismo de tránsito, es fijado por el Concejo Municipal o la Asamblea Departamental. El costo promedio de todo el trámite es de $150.000 a $200.000″, según contó el Ministerio de Transporte.

Es importante tener en cuenta que la licencia para conducir vehículo de servicio público debe renovarse cada tres años y la licencia para conducir vehículo particular debe renovarse cada diez años, salvo los conductores que estén en el rango de edad, entre 60 y 80 años, quienes deberán renovarla cada cinco años, y los conductores mayores de 80 años deberán renovarla cada año.

¿Cuáles son las categorías de las licencias de conducción?

Las categorías de licencias para conducir vehículo particular son: B1, B2 o B3. No obstante, debe tenerse en cuenta que en unos formatos aparece 02 o 03.

Las categorías de licencias para conducir vehículo de servicio público son: C1, C2 o C3, pero debe tenerse en cuenta que en unos formatos aparece 04, 05 o 06.