La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección del congresista Iván Leónidas Name Vásquez como segundo vicepresidente del Senado de la República. Esto, al determinar que se presentaron irregularidades en el proceso de votación y elección que se celebró en la instalación del Congreso el pasado 20 de julio, como quedó consignado en el Acta.
En el debate jurídico se tuvo en cuenta que para el cargo de segundo vicepresidente del Senado de la República los partidos que conforman la oposición postularon a su candidato (el senador de la Lista de la Decencia, Gustavo Bolívar) pero al realizar la votación este obtuvo menos apoyos que el voto en blanco. Esta situación generó que el recién posesionado presidente del Senado decidiera que lo procedente, en aplicación del artículo 258 de la Constitución Política, era que abriera nuevamente la convocatoria y adelantara la respectiva votación, pero excluyendo al senador Bolívar, que ya había participado y que fue derrotado por el voto en blanco.
En esta etapa, el Partido Alianza Verde postuló al demandado, quien obtuvo la mayoría de los votos necesarios para lograr su elección como segundo vicepresidente del Senado de la República.
Sin embargo, para el Consejo de Estado –con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas– existió una falla en la aplicación de este artículo de la Constitución, concluyendo que su contenido y la consecuencia de –repetir la votación con diferentes candidatos– solamente aplica para las elecciones populares que tienen por finalidad elegir a miembros de corporación pública, gobernador, alcalde o en la primera vuelta en las elecciones presidenciales, pero no para conformar la mesa directiva del Senado de la República.
Igualmente, se encontró demostrado el incumplimiento del Estatuto de la Oposición, en su artículo 18, porque cuando se postuló al demandado no existió la unanimidad requerida para que un integrante del Partido Verde pudiera acceder nuevamente a dicha dignidad durante este mismo cuatrienio.
Frente a esto, se anuló la elección de Name Vásquez y se le ordenó al presidente del Senado de la República, Juan Diego Gómez adelantar un nuevo procedimiento eleccionario, en el cual no se excluya a ningún candidato que la oposición decida postular y que atienda las exigencias previstas en la Ley 1909 de 2018.
“En consecuencia, se ordenará a la presidencia del Senado de la República que, de conformidad con las irregularidades comprobadas y en virtud de que se desconoce en la actualidad la composición de la oposición, el trámite eleccionario sea retomado desde el momento en que se decidió dar apertura a las postulaciones para que las organizaciones políticas declaradas en oposición presenten a sus candidatos, sin excepción alguna, y de los postulados se elija a quien ocupará la dignidad de segundo vicepresidente del Senado de la República, período 2021-2022, de acuerdo con lo previsto en los artículos 18 y 26 de la Ley 1909 de 2018″, precisa el fallo de 27 páginas.
El Consejo de Estado ordenó que esta elección deberá realizarse el 16 de marzo de 2022, día en el que comienza el segundo período de sesiones, pues para la fecha en que se dicta la presente providencia el Congreso de la República se encuentra en receso de sus actividades.