En un documento de 4 páginas el Consejo de Estado acaba de admitir la tutela que interpuso el presidente Gustavo Petro contra la Sala de Consultas, la misma que le dio competencia al Consejo Nacional Electoral (CNE) para investigar la financiación de la campaña que lo dejó en la Presidencia de la República.
La decisión señala que se admite “la acción de tutela instaurada por el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego en contra de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado”.
La tutela que interpuso el jefe de Estado contra la Sala de Consultas pide que se le protejan sus derechos fundamentales al debido proceso como juez natural, al fuero especial integral constitucional como Presidente de la República y para garantizar la estabilidad institucional de la Nación y de la figura de la máxima autoridad administrativa, los cuales fueron considerados como vulnerados por la decisión de la Sala de Consulta del pasado 6 de agosto.
En ese concepto, la Sala de Consulta determinó que “el Consejo Nacional Electoral (CNE) sí es competente para continuar las investigaciones administrativas relacionadas con una probable violación a las reglas de financiación de la última campaña a la Presidencia de la República”.
Sin embargo, el presidente a través de la tutela, le pidió al Consejo de Estado dejar sin efecto dicha decisión del pasado 6 de agosto, argumentado que existió un “abuso y/o extralimitación de funciones y de forma arbitraria, ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) seguir adelante investigando al Presidente de la República, en sede administrativa, aduciendo falta de fuero frente a la actuación que allí se sigue”.
Así mismo, dicho recurso que interpuso el mandatario le pedía al Consejo Nacional Electoral que se abstuviera de aplicar el fallo de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, teniendo en cuenta que el presidente tiene un fuero constitucional especial.
Con la admisión de la tutela que interpuso Petro, el Consejo de Estado le pedirá a la Sala de Consulta que presente los informes necesarios para esclarecer los hechos que fueron acusados y presentar todos los documentos que reposen con la competencia que se le dio al CNE para investigar las posibles violaciones de los topes de la financiación de la campaña a la Presidencia de la República.
También se dispuso vincular “al Consejo Nacional Electoral y a la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, al ser las autoridades frente a las cuales se resolvió el conflicto de competencias que aquí se cuestiona, (ii) al señor Edward David Rodríguez Rodríguez, por cuanto presentó la queja en contra del accionante ante el Consejo Nacional Electoral, y (iii) a los señores José Manuel Abuchaibe Escolar, Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, Miguel Abraham Polo Polo, Miguel Uribe Turbay y Alejandro Pardo Cortés, quienes radicaron denuncias ante la Comisión Legal de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes del Congreso de la República”.
Hay que recordar que la decisión de la Sala de Consulta del pasado 6 de agosto que le dio competencia al CNE para investigar las violaciones de topes de financiación de campaña, también dejo claro que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es el único que puede adelantar procesos para sancionar con pérdida del cargo al Presidente de la República.