Tras la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio de suspender el servicio de Uber en el país, la compañía tiene la intención de demandar a Colombia. Así se lo hizo conocer al Gobierno a través de un documento en el que notifica su intención de iniciar un pleito internacional basados en una presunta violación al Tratado de Libre Comercio en Estados Unidos.  "Tanto Uber como Uber Colombia poseen inversiones protegidas en virtud del Tratado. Uber y Uber Colombia, incluidos sus más de 230 empleados en Colombia, han contribuido al crecimiento de la economía de Colombia desde 2013", se lee en los argumentos presentados por la compañía. La multinacional asegura que las recientes decisiones tomadas contra la plataforma han tenido un grave impacto adverso en las inversiones de Uber en Colombia y la viabilidad de sus operaciones en el país. "En virtud de la ley internacional general, Uber y Uber Colombia buscan una resolución de la disputa mediante consulta y negociación y, a tal efecto, solicitar una reunión con usted, o con el alto funcionario del Gobierno que desee designar, para llevar a cabo dicha consulta y negociación a la brevedad posible de la República", dijeron. 

En el documento, la compañía también denuncia que la decisión de la Superintendencia fue emitida bajo circunstancias cuestionables en el contexto de una citación legal que ha prescrito pues, según argumentan, fue publicada el último día del calendario judicial en Colombia con la aparente intención de impedir su revisión inmediata en apelación. También alegan que otras compañías de Colombia y terceros países que ofrecen formas similares en Colombia no han sido sometidas al mismo tratamiento y continúan operando en Colombia sin interferencia similar. En entrevista con Mañanas Blu, Camilo Gómez, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, afirmó que el país tiene seis meses para entablar una conversación con la compañía y revisar las posibilidades a futuro. Por su parte, los abogados de Uber aseguraron que en el caso de que la disputa no pueda resolverse de manera amistosa o Colombia se niegue a negociar o no negocie de buena fe, la intención de la compañía es presentar la disputa para su resolución mediante arbitraje vinculante en virtud del Artículo 10.15 y 10.16 del Tratado.

"No pueden decir que se les está dando un trato discriminatorio sin explicar con relación a qué. No toda decisión contra una compañía extranjera es discriminatoria", explicó Gómez. Según la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, los tratados no cambian las disposiciones legales internas sino unos aspectos muy específicos. "La protección de la inversión no se refiere a que el inversionista deje de cumplir las normas internas del Estado", agregó Gómez.