Llegó la decisión esperada por el país frente a la investigación que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos. La Corte Constitucional decidió que la indagatoria que se realizó al expresidente Álvaro Uribe Vélez en la Corte Suprema de Justicia es equiparable con una imputación de cargos en el sistema acusatorio. Se trata de una decisión que implica que Uribe sigue vinculado al proceso penal, formalmente imputado por fraude procesal y soborno. El proceso continuará y, en últimas, no habrá choque de trenes entre las altas cortes.
El magistrado Alejandro Linares, ponente de la decisión de la Corte Constitucional señaló que “La Corte señaló en la parte emotiva que cuando hay un cambio por renuncia o por adquisición de fuero constitucional, por ejemplo, cuando un ciudadano es elegido congresista, durante la etapa de la investigación conservará validez todo lo actuado, y se parte de la base de que hay una equivalencia funcional entre la indagatoria y la imputación”.
Sin embargo explicó que “las partes del proceso penal bajo ley 906 (fiscalía) podrán solicitar al juez de control de garantías una audiencia innominada con el objetivo de que se analice si hubo o no alguna violación de las garantías fundamentales del procesado o de las víctimas”.
Sobre la decisión que tuvo que tomar la Corte señaló que “luego de varias horas de discusión, de escuchar argumentos y tratar de llegar a una fórmula que significará un consenso partió de la base de un vacío normativo en el cual la Corte tuvo que hacer uso de acudir a principios y reglas del derecho procesal para llenar ese vacío que se produce al tratar de adecuar una situación bajo la ley 600 de 2000 a la ley 906 de 2004″.
La votación que quedó 5 votos rechazando la tutela presentada por el abogado del expresidente Uribe, de los magistrados Diana Fajardo, Gloria Estella Ortiz, Cristina Pardo, José Fernando Reyes y el magistrado ponente Alejandro Linares; contra 4, que votaron en favor del argumento de la defensa del exmandatario Jorge Enrique Ibáñez, Paola Meneses, Alberto Rojas y Antonio José Lizarazo, según el cual, al renunciar su fuero de senador, su caso pasó al sistema penal acusatorio y debía empezar de nuevo incluyendo borrar de un plumazo lo actuado por la Corte Suprema de Justicia. Para los magistrados que respaldaron esta posición se trataba de una cuestión de justicia con Uribe.
Así las cosas, la indagación, que fue realizada en la Corte Suprema de Justicia, sería equivalente a una imputación. Además, en este caso hay una decisión ajena, pero que tuvo implicaciones directas en la discusión. Se trata del juicio por corrupción contra el exsenador Richard Aguilar, quien, al igual que Uribe, renunció a su curul para que la investigación en su contra la asumiera la Fiscalía.
El martes, la Corte Suprema de Justicia, equiparó la indagatoria con la imputación de cargos, y mantuvo todo lo investigado contra el exsenador y exgobernador de Santander por hechos de corrupción cuando era mandatario departamental. Ahí fue sentada jurisprudencia, y si la Corte Constitucional hubiera tomado una decisión diferente, se habría presentado un fuerte choque de trenes.
El abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explicó a SEMANA que con la decisión de la Corte Constitucional “se entiende que la indagación equivale a una imputación. El martes, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló que imputación e indagatoria son equivalentes (caso Richard Aguilar). Esto tiene una consecuencia práctica: si son equivalentes, el presidente Uribe seguiría vinculado a un proceso y la Fiscalía tendría que insistir en la preclusión solicitada o acusar formalmente ante un juez”.