Como si se tratara de retar a la justicia, mientras un paciente crítico espera una cita con el especialista, la Nueva EPS tomó la determinación de negar el acceso a la salud, que –para el caso– es la vida de un usuario que todos los meses paga por su servicio médico. Un fallo de tutela le dio dos días a la EPS para programar la cita, pero tampoco fue posible.
Coo se trata de un fallo de tutela, la justicia soltó su mazo contra el interventor de la Nueva EPS, Julio Alberto Rincón Ramírez, en su calidad de representante legal de la entidad prestadora de salud. Un juez declaró en desacato al interventor y ordenó su arresto, además de una multa.
“Siendo evidente que con posterioridad al fallo no se ha cumplido con la orden de tutela, pues a la fecha de presentación de la solicitud para iniciar este trámite se denunció que no se había acatado la orden allí impartida, toda vez que no se ha programado ni materializado de manera prioritaria e inmediata la cita de consulta con especialista en urología”, señala la decisión que ha surtido todos los trámites legales.
Desde la Nueva EPS apelaron la decisión de primera instancia, que ordenaba el arresto del interventor y representante legal, sin embargo, el Tribunal Superior de Medellín confirmó la determinación, en pocas palabras, que Julio Alberto Rincón tendrá que cumplir con el arresto y pagar las multas por la falta de atención al paciente.
“Lo anterior da cuenta entonces de que la demora aquí presentada por parte de la Nueva EPS es injustificada, y, por lo tanto, a juicio de este despacho, resulta procedente sancionar, hasta tanto se verifique el cumplimiento o las acciones idóneas tendientes a lograr el cumplimiento; de modo que siempre que se obstaculice el efectivo goce del derecho a la salud, deberá procurarse su alcance y efectividad, tal y como lo expresa la Corte Constitucional”, advierte la decisión que declaró en desacato al interventor.
Lo que esperan los usuarios de la salud es que, con la misma contundencia que se ordenaron las intervenciones de EPS como Sanitas, la Superintendencia de Salud hubiese actuado, en esta oportunidad, en un caso que la misma justicia calificó de desafortunado, de un evidente obstáculo para acceder a los servicios de especialización para un paciente que lo requiere con urgencia.
“SANCIONAR por DESACATO al señor JULIO ALBERTO RINCÓN RAMÍREZ, en su calidad de interventor de la NUEVA EPS, con MULTA equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente al día de su pago, y con ARRESTO por un término de un (1) día; que deberán cumplirse como quedó dicho en la parte motiva”, señala la decisión del juzgado y que luego fue confirmada por el Tribunal de Medellín.
Aun después de que la Nueva EPS apeló la decisión que advertía y sancionaba el desacato, la justicia le dio la razón al paciente y ratificó el desacato en contra del interventor por prolongar de manera injustificada la atención en salud.