Mientras sigue la cuenta regresiva para cerrar el contrato entre el Ministerio de Relaciones Exteriores con Thomas Greg, para la expedición de los pasaportes, y no hay solución a la vista, otra demanda se suma a la lista de acciones judiciales contra las decisiones del Ministerio y de la Imprenta Nacional. La Fundación para el Estado de Derecho interpuso una acción popular que fue tramitada por el Tribunal de Cundinamarca.
De acuerdo con la Fundación, tanto el Ministerio de Relaciones Exteriores, como la Imprenta Nacional, tiene en riesgo la expedición de las cédulas de extranjería y pasaportes, por cuenta de unos contratos que terminaron tercerizados con empresas y mediante acuerdos que no son claros y dejan muchas dudas sobre su transparencia.
“Han eludido su deber de licitar la prestación de los servicios públicos y han usado indebidamente la contratación directa mediante convenios interadministrativos para triangular, con terceros, la ejecución de esas actividades. Estamos hablando del contrato que Migración Colombia suscribió con la Imprenta Nacional para que esta produjera las células de extranjería la imprenta nacional carece de la organización de la tecnología de los recursos del personal de la infraestructura y de la experiencia necesaria”, señaló la Fundación.
De acuerdo con la Fundación, lo que hizo Migración Colombia fue firmar un contrato con la Imprenta Nacional y como esta entidad no tenía experiencia, ni recursos tecnológicos para ejecutar el contrato, pues lo más simple fue subcontratar el servicio con un privado y a través de un convenio que no resulta claro, menos transparente.
“Para asumir por sí misma esta tarea tanto así que la Imprenta Nacional subcontrató la totalidad de las obligaciones, con un aliado estratégico, la empresa llamada Acceso Holográficos de Colombia, una persona jurídica a la cual no se conoce si cumple con los requisitos de idoneidad técnica, financiera y experiencia para ejecutar esta tarea”, señaló la Fundación a través de un comunicado.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió la acción popular y notificó a las partes de la demanda que arranca y que advierte debe garantizarse la prestación del servicio de expedición de cédulas de extranjería y pasaportes, como un servicio o derecho público. Por tanto, tienen las partes la obligación de responder las dudas que surgen con la acción popular.
“Están regulados y ordenados por la ley 80 de 1993. Así mismo el hecho de que se haya tercerizado esta contratación, a través de un esquema tripartito, deja mucho que desear respecto a la transparencia es muy importante aclarar que con la presente acción no se pretende la nulidad de los contratos suscritos por las entidades demandadas, lo que se busca es que las decisiones y las medidas sean tomadas para que se garantice que los derechos a la prestación del servicio público”, explicaron desde la Fundación.
Básicamente, lo que advierten los demandantes y el mismo Tribunal, es que el contrato, por más que se trate de un convenio interadministrativo, debe cumplir con los requisitos exigidos por la ley no están eximidos de respetar la moralidad y transparencia en la contratación.