SEMANA conoció en exclusiva que, por ahora, la Fiscalía General no llamará a juicio al expresidente Álvaro Uribe Vélez. Fuentes cercanas señalaron que, tras la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de dejar en firme la decisión que rechazó la solicitud para precluir el proceso contra el exmandatario, el ente investigador se tomará un tiempo para recaudar pruebas documentales y testimoniales, con el fin de redactar un escrito de acusación.
Igualmente, como lo señala el trámite, el expediente podrá ser tomado por otro fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia que deberá analizar toda la situación jurídica en este caso y tomar una decisión de fondo frente a este complejo caso.
Este viernes, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá -con ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz- dejó en firme la decisión emitida en mayo pasado por la jueza 41 de conocimiento de Bogotá, que rechazó la segunda solicitud de la Fiscalía de precluir la investigación a favor del exmandatario.
En esa oportunidad, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema sostuvo que no existía una prueba documental o testimonial que vinculara directamente a Uribe con estos hechos.
En este sentido aseguró que Uribe siempre actuó de buena fe y jamás autorizó que el abogado Cadena ofreciera beneficios económicos a un grupo de exparamiltares para que se retractaran de los señalamientos que habían hecho en contra del exjefe de Estado y su hermano, el ganadero Santiago Uribe Vélez, acusándolos de colaborar con la conformación de un grupo paramilitar en Antioquia en la década de los 90.
“En estas condiciones, verificadas en cada evento, resultó imposible jurídicamente demostrar que Uribe Vélez fue determinador de algún comportamiento ilegal o, siquiera, irregular, pues siempre instruyó al doctor Cadena para que los testigos dijeran la verdad, y no ante el doctor Cadena o en memoriales, sino ante la Corte Suprema de Justicia bajo la gravedad del juramento”, dijo el fiscal Cárdenas al cierre de la extensa audiencia de preclusión.
En su argumentación, aseguró que abundaban los testigos de oídas que, una vez requeridos, no tuvieron la capacidad de ratificar lo que le contaron a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Por esto, aseguró vehemente que no existía un solo testigo contra el exmandatario.
“En los siete eventos a los cuales me referí ampliamente, no existe un solo testigo directo o indirecto que señale que el senador Álvaro Uribe Vélez les prometió o les indicó cómo declarar o que llevaran documentos que no dijeran la verdad”, aseguró el fiscal delegado ante la Corte.
Sin embargo, la jueza no estuvo de acuerdo con estos planteamientos y señaló que existe evidencia para suponer que el expresidente tuvo conocimiento de los ofrecimientos que estaba haciendo Cadena en diferentes cárceles de país. “Contrario a lo aseverado por el señor fiscal, sí existen elementos materiales probatorios, evidencia física, información legalmente obtenida con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno en actuación penal sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe”.
En un fuerte llamado de atención a la Fiscalía General, la funcionaria judicial determinó que en su petición “no acreditó la atipicidad del comportamiento (...). Esta valoración que hace el despacho no es un prejuzgamiento, no es una determinación de responsabilidad ni es una valoración de prueba que tenga incidencia en el juicio, como lo he ratificado. La admisión, rechazo o exclusión probatoria se hace en audiencia preparatoria y el debate se realiza en el juicio”.
Frente al delito de fraude procesal, la jueza determinó que la Fiscalía “ha debido hacer un esfuerzo serio, en orden a establecer todas las particularidades del hecho que se indaga; en otras palabras, obrar con la mayor acuciosidad y si, a pesar de esa actividad racional, no se logra desvirtuar la presunción del investigado, la preclusión se impone como medida alterna”.
La evidencia señala que, con el documento en blanco que Cadena quería que Juan Guillermo Monsalve firmara para retractarse de sus acusaciones contra el exmandatario -y que iba a ser radicado ante la Corte Suprema de Justicia-, tenía la firme intención de llevar al error a los magistrados que investigaban, puesto que, detrás de esto, existían presiones y ofrecimientos al exparamilitar.
“Existen elementos materiales probatorios que crean la hipótesis plausible de la intención de engañar al alto tribunal, pues, en la demanda que hace el doctor Álvaro Uribe Vélez a Diego Javier Cadena Ramírez de obtención de documentos suscrito por Enrique Pardo Hasche, donde niega la reunión del 22 de febrero de 2018 y toda la postulación de prevenidas al testigo Juan Guillermo Monsalve para que se retracte (...), no fue estudiada por la Fiscalía General y que hacen, por tanto, la determinación de despachar negativamente solicitud de preclusión por atipicidad de comportamiento conforme a la prueba aportada”.
La jueza advirtió que la Fiscalía General incurrió en un error al darle el calificativo de “testigo de oídas” a Deyanira Gómez, quien para ese entonces era la compañera sentimental de Juan Guillermo Monsalve, el testigo a quien quería convencer Diego Cadena de cambiar su versión a como diera lugar, tras conocer la decisión de la Corte Suprema de Justicia de vincular mediante indagatoria al expresidente Uribe por estos hechos.
Fue así como Cadena intentó ejercer presiones para que Monsalve firmara un documento en el que estaba la retractación. Debido a la negativa del exparamilitar, el abogado le manifestó que podía ayudarlo con otros temas. Esta conversación, que se registró en una de las salas de la cárcel La Picota, quedó plenamente grabada por Monsalve, quien había recibido un reloj por parte de su compañera sentimental.
“Es equivocada la calificación que se hace de testigo de oídas a la señora Deyanira Gómez, pues, paralelamente, mientras ocurrían sucesos en la cárcel La Picota, se presentaban eventos en el exterior; esto es que la mencionada testigo indica que fue la que compró el reloj espía, que se lo entregó a un abogado cercano a su familia, que le indicó cómo funcionaba. Él encomendó la labor de entregárselo a Juan Guillermo Monsalve para la reunión del 22 de febrero de 2018″, aclaró la jueza.
“Dentro de las reglas de la lógica, es más creíble, por coherente, concordante con el acontecer fáctico de la reunión de la grabación (...), el testigo de oídas es el que no presencia de manera directa la ocurrencia de unos hechos, sino que los ha escuchado de un tercero, pero lo que se dice es ‘testigo directo la señora Deyanira’”, precisó la funcionaria judicial, al manifestar que, durante toda la investigación, fue coherente con su dicho frente a las presiones que recibió de Diego Cadena.