El excomandante de las Farc, Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, alias Simón Trinidad, recibió la amnistía por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). En la decisión, notificada este lunes al Gobierno, se señala que el exintegrante del Secretariado de ese grupo armado ilegal tendrá este beneficio por el delito de rebelión.
En la decisión de 25 páginas emitida por la Sala de Amnistía o Indulto de la JEP se determinó que el excomandante guerrillero cumple con los requisitos establecidos para recibir el beneficio jurídico por esta conducta dentro del conflicto armado interno. En septiembre de 2023, la JEP ya había aceptado el sometimiento de Simón Trinidad.
“En este caso, Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, al recibir el beneficio de amnistía, con el objetivo de garantizar la permanencia de dicho tratamiento penal especial, debe someterse a un régimen de condicionalidad ante la JEP que tiene su fundamento normativo superior en la Constitución, a través del Acto Legislativo 01 de 2017, el cual establece que el SIVJRNR busca dar una respuesta integral a las víctimas y, por tanto, los distintos mecanismos y medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición no pueden entenderse de manera aislada”, señala el fallo.
En el análisis del caso, la Sala de Amnistía o Indulto concluyó que en este caso la conducta de rebelión es amnistiable por cumplir con los ámbitos de aplicación de tiempo, al ocurrir antes de la firma del Acuerdo Final de Paz, en septiembre de 2016. Igualmente, se concluyó que debido a su cargo, pertenencia y trayectoria en las Farc, el delito de rebelión para Simón Trinidad es un delito político amnistiable.
Con esta decisión, la Sala resuelve una parte del trámite que inició la justicia ordinaria en contra de Simón Trinidad en un proceso que fue remitido a la JEP por los hechos ocurridos entre el 1.° y el 3 de mayo de 2002 en la conocida masacre de Bojayá, en el departamento del Chocó, en la que murieron 79 personas, entre ellas varios menores de edad.
En el otorgamiento de la amnistía, la Sala ordenó adecuar “al escenario de amnistía” el conocimiento de este proceso que se adelanta en el Juzgado Segundo Penal del Circuito Adjunto de Descongestión de Quibdó, Chocó, por los delitos de homicidio en persona protegida, lesiones personales en persona protegida, actos de terrorismo, utilización de medios y métodos de guerra ilícitos, destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario y destrucción o utilización ilícita de bienes culturales y lugares de culto.
Con esta decisión, explicó la JEP en un comunicado que Simón Trinidad deberá suscribir el régimen de condicionalidad con la JEP y, además, deberá precisar la mayor cantidad de detalles relacionados con su vida al interior de la guerrilla.
En esta decisión, la Sala de Amnistía o Indulto también comisionó a la Oficina de Atención a Víctimas de la JEP y a la Unidad de Investigación y Acusación para que ubiquen a las víctimas de los hechos ocurridos en Bojayá y Vigía del Fuerte entre el 1 y el 3 de mayo de 2002, y les den la oportunidad de manifestar si desean vincularse procesalmente al trámite o presentar recursos.
Simón Trinidad se encuentra actualmente en la cárcel de máxima seguridad de Florence, en Estados Unidos, cumpliendo una condena de 60 años de prisión por el secuestro de tres contratistas estadounidenses, Thomas Howes, Keith Stansell y Marc Gonsalves, cuyo avión fue derribado por las Farc el 12 de febrero de 2013 en las selvas del Guaviare.