En una extensa decisión, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a Eternit al pago de una millonaria demanda por cuenta del uso del asbesto y las víctimas que dejó la utilización de estos elementos en la construcción y la producción de tejas, tanto de sus trabajadores, como de sus clientes y los vecinos a las empresas.
El Tribunal condenó a la empresa al pago de 12.700 millones de pesos, como indemnización a las víctimas y familiares de esas víctimas, que durante años lucharon no solo por demostrar el impacto que deja en la salud el uso del asbesto, sino la necesidad de prohibir su uso y legislar sobre el asunto.
“Condénase a Eternit Colombiana S.A. a pagar una indemnización de doce mil setecientos (12.700) salarios mínimos mensuales legales vigentes al grupo afectado, en los términos indicados en la parte motiva”, señaló el Tribunal de Cundinamarca en su decisión, que además incluyó un riguroso análisis sobre las sentencias, incluso internacionales, en la materia.
Adicionalmente a la millonaria indemnización, el Tribunal advierte a Eternit que tiene que emitir un comunicado en el que pida excusas públicas por el uso del asbesto en sus productos y en la fabricación de los mismos, además de una comunicación interna en la que se advierta de los riesgos para la salud humana.
“Como forma de reparación integral, 1) a la emisión de un comunicado a la opinión pública, dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación de esta providencia, en el que ofrezca excusas por los perjuicios causados a raíz de la utilización del amianto en procesos industriales”, señaló el Tribunal para advertir los otros puntos de la reparación a favor de las víctimas.
En la decisión también se le ordena a la Defensoría del Pueblo que, a través de una publicación en medios nacionales, se advierta el fallo del Tribunal de Cundinamarca y, de esta manera, las personas que se vieron afectadas de una u otra forma por el uso del asbesto y que no se incluyeron dentro de la decisión, puedan acercarse y recibir parte de esa indemnización.
“A la Defensoría del Pueblo, la publicación, por una sola vez, de un extracto de la sentencia en un diario de amplia circulación nacional dentro del mes siguiente a la notificación del auto que ordene obedecer lo dispuesto en esta providencia, con la prevención a todos los interesados igualmente lesionados por los mismos hechos y que no concurrieron al proceso”, explicó el Tribunal.
El monto de la indemnización, de acuerdo con el Tribunal, tendrá que ser girado al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos dentro de los diez días siguientes a la ejecutoria del fallo, y en caso de quedar remanentes, después de pagar las indemnizaciones, se reintegren a Eternit.
“Prevéngase a la señora defensora del pueblo para que, de quedar remanentes, después de haberse pagado las indemnizaciones ordenadas en el cuadro del acápite ‘3. Indemnización’ y vencido el término para acogerse a la presente sentencia, los reintegre a Eternit Colombiana S.A. con los intereses causados en las cuentas bancarias respectivas”, señala.
Se trata de una decisión de relevancia por cuanto es conocida por todo el país la lucha que por años libraron familiares y víctimas del uso y distribución de los productos que contienen asbesto. El Tribunal notificará a las partes sobre la decisión y las implicaciones legales de la misma.