Por medio de su cuenta en Twitter, la Embajada de los Estados Unidos en Colombia aclaró algunos puntos sobre el trámite de la visa americana, ya sea por primera vez o para renovar.
De entrada, la Embajada hizo una advertencia para que, aquellas personas que vayan a adelantar ese trámite, no terminen estafadas. En tal sentido, recomendaron evitar terceros para adelantar ese proceso de solicitud.
“La Embajada no recomienda ni avala a terceras personas o compañías para realizar adelantos de citas. Somos tu fuente oficial de información sobre visas a los Estados Unidos”, indicaron puntualmente.
Ya en su página web, recordaron que ciertos viajeros internacionales pueden ser elegibles para viajar a los Estados Unidos sin visado, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Ante dudas y preguntas, podrán resolverlas haciendo clic aquí.
Importante tener claro qué tipo de visado necesitan
- Visas de no inmigrante:
La Embajada de los Estados Unidos indicó que estas visas son otorgadas a ciudadanos extranjeros que desean ingresar a ese país de manera temporal, por turismo, tratamiento médico, negocios, trabajo temporal, estudio u otras razones similares.
“En general, un ciudadano de un país extranjero que pretenda entrar en los Estados Unidos debe obtener primero una visa estadounidense, que se coloca en el pasaporte del viajero. Algunos viajeros internacionales pueden entrar en los Estados Unidos sin visa, siempre que cumplan los requisitos del Programa de Exención de Visa de los EE. UU. El Programa de Exención de Visa permite que, con un pasaporte electrónico válido, los viajeros ingresen a los Estados Unidos sin una visa, hasta por 90 días por razones de negocios o placer”, explicaron desde la Embajada de los Estados Unidos.
Por otra parte, los viajeros que califiquen para el programa de Exención de Visa de Estados Unidos deben obtener una autorización para ingresar a Estados Unidos usando el Sistema Electrónico para Autorización de Viaje.
De tal modo, para obtener más información sobre cómo solicitar una visa de no inmigrante, el interesado deberá ingresar aquí o conectarse a la Sección Consular, si tiene preguntas adicionales.
Una vez ingrese a la Sección Consular, deberá elegir inicialmente qué tipo de consulta tiene. Estas ya están preestablecidas y se dividen en:
- Tengo un problema con el DS-160
- No me permitieron abordar mi vuelo en el aeropuerto
- ¿Cómo solicitar una visa?
- Necesito saber cuál es el status de mi solicitud
- ¿Se ha revocado mi visa?
- Tengo una visa válida en un pasaporte vencido
- Me dijeron que mi caso está en proceso administrativo, ¿cuánto tiempo tengo que esperar?
- Reportar fraude
- Mi pregunta se refiere a visas de no inmigrante y no está incluida en su página web.
- Visas de inmigrantes
Estas son otorgadas a los ciudadanos extranjeros que tienen el propósito de vivir permanentemente en los Estados Unidos.
La persona deberá ingresar a este módulo en caso de que requiera más información, y llevar a cabo unos sencillos pasos, como registrar la fecha y la hora de su cita.
Ahí también podrán revisar y administrar su cita actual para solicitar la visa de inmigrantes.
“El visado de inmigrante, emitido por la Sección Consular de los Estados Unidos, le va a permitir viajar hacia allí, donde le será permitida la entrada como un Residente Legal Permanente (LPR). Así que sea admitido, tendrá el derecho de vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos”, destacaron sobre ese visado.
Desde la Embajada también recordaron que el interesado no puede empezar solo el proceso, puesto que deberá tener ya una petición aprobada.