En la tarde de este martes 9 de mayo, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia compartió un comunicado en el que manifiesta su preocupación frente a los rumores de que la Corte Constitucional le ha dado un golpe mortal a la virtualidad en la justicia.
En ese sentido, el documento cita que “mediante la Sentencia C-134 del 3 de mayo de 2023, la Corte Constitucional declaró exequible el artículo 63 del Proyecto de Ley 295/2020 de Cámara, acumulado con los proyectos 430 y 468/2020 de Cámara, y 475/ 2021 de Senado, que reforma la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, estableciendo que en adelante las actuaciones judiciales deben surtirse de manera presencial, acabando con la virtualidad en la justicia”.
Ahora bien, desde el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia defienden que el uso de las tecnologías de comunicación e información (TIC) es un avance para el servicio de la justicia y que volver a la presencialidad de manera permanente significa un retroceso y una afectación.
“La aplicación de las TIC en la prestación del servicio de justicia representa la más importante revolución que ha tenido el sector en los últimos 50 años. Han sido tres años de un permanente aprendizaje y un avance en la manera que se deciden los procesos en Colombia de manera efectiva, pronta y visible frente a la comunidad con un importante ahorro de recursos para la comunidad y el Estado colombiano. El retorno a la presencialidad no solo es un retroceso, sino una afectación de la guardiana de nuestras garantías a los derechos de la ciudadanía, los profesionales del derecho y los funcionarios judiciales”, señala el comunicado oficial del gremio.
En el comunicado, el grupo de abogados indica que desde el inicio de la virtualidad en la parte judicial se ha evidenciado un progreso en el avance de procesos, mitigando los contratiempos que la presencialidad en las diligencias judiciales trae consigo.
“Durante estos años hemos visto cómo los procesos avanzan y han sido los apoderados, ciudadanos y jueces quienes han convenido los eventos en que se requiere la presencialidad sin contratiempos, con lo que se han superado los inconvenientes y las inquietudes respecto de la práctica probatoria en cada proceso. Fue ese, además el consenso que se plasmó en la Ley 2213 de 2022 y que reconoce una realidad muy diferente a la que imperaba en el momento en que se plasmó la reforma a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia”, determina el documento.
Ante este panorama de la presencialidad “encontramos que un retorno precipitado a la presencialidad afecta seriamente nuestros derechos y los de nuestros usuarios y tendrá un efecto inmediato en la prestación del servicio, como es un colapso en la programación de audiencias que supongan desplazamientos entre ciudades, o cruces de agenda, asuntos que creíamos hacían parte de un tortuoso pasado”.
Por ende, y como consecuencia de ese análisis, el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia hace un llamado a la Corte Constitucional para que “se ponga fin a la desinformación y el temor que hoy existe, y divulgue la decisión tomada el pasado 3 de mayo y que ojalá su decisión permita el fortalecimiento de la justicia a través del empleo de las TIC”, concluye el comunicado.