Este viernes 17 de febrero arranca el Carnaval de Barranquilla, la fiesta considerada una de las más importantes de Colombia; Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Humanidad, y desde ya las autoridades de Tránsito distritales se preparan con las medidas de movilidad y, en tal sentido, publicaron cómo regirá para esos días el Pico y Placa.

Las medidas fueron dispuestas entendiendo que por esos días las fiestas conllevan a la realización de desfiles, bailes, casetas, verbenas y presentaciones en toda la ciudad.

Las medidas buscan proteger a los ciudadanos que se movilizan al Carnaval y debido a los cierres por el gran desfile en la vía 40 | Foto: Nelson Cardenas @cantarranasur

“La Alcaldía de Barranquilla, a través de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial garantizarán la seguridad vial de todos los visitantes y ciudadanos, por lo cual implementarán medidas que disminuirán la accidentalidad y facilitarán la movilidad en la ciudad durante los días de fiesta”, dijeron las autoridades.

Por lo anterior, será restringida la circulación de vehículos particulares en toda la ciudad desde las 2:00 de la tarde del viernes 17 de febrero hasta el lunes 20 de febrero de 2023 a las 6:00 de la mañana, teniendo en cuenta el último dígito del número de placa.

El viernes 17 de febrero serán los vehículos con placas terminadas en 1, 2 y 3, desde las 2:00 p. m. del viernes hasta las 6:00 a. m. del sábado. Para el sábado 18 de febrero los dígitos son 4, 5, 6 y 7 desde las 10:00 a. m. hasta las 6:00 a. m. del domingo y desde las 10:00 a. m. del domingo hasta las 6:00 a. m. del lunes, serán las placas terminadas 8, 9 y 0.

Estos son los datos oficiales del pico y placa por Carnaval | Foto: alcaldía de Barranquilla

Las autoridades explicaron que los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular portando y presentando el tiquete de los peajes, ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de cuatro (4) horas.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 522.940). Además, el vehículo será inmovilizado.

EXCEPCIONES:

  • Los que conforman la “caravana presidencial”.
  • Los destinados para el uso y seguridad del Alcalde Mayor del Distrito de Barranquilla y Gobernador del Departamento del Atlántico.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), utilizados para el transporte de sindicados y condenados.
  • Las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.
  • Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad.
  • Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales.
  • Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo SITM TRANSMETRO S.A.S., debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio.
  • Los vehículos autorizados para el transporte de valores.
  • Los vehículos de servicio oficial y diplomáticos.
  • Los coches fúnebres.
  • Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado.
  • Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3).
  • Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.
  • Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos.

CAMBIOS VIALES TEMPORALES EN LA ZONA DE INFLUENCIA DE LA VÍA 40.

Se realizarán cambios viales de manera temporal a partir del sábado 18, domingo 19 y lunes 20 de febrero de 2023, vías que normalmente son de doble sentido vial, pasarán a único sentido de circulación vial. Esto con el fin de facilitar la movilidad hacia la Vía 40:

  • Carrera 64 entre Calles 79 y 80, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE -OCCIDENTE.
  • Carrera 65 entre Calles 79 y 81B, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO OCCIDENTE – ORIENTE.
  • Carrera 66 entre Calles 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE – OCCIDENTE.
  • Carrera 67 entre Calle 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO OCCIDENTE – ORIENTE.
  • Carrera 68 entre Calles 79 y 84, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE – OCCIDENTE.
  • Calle 81 entre Carreras 64 y 76, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO SUR -NORTE.
  • Calle 84 entre Carreras 76 y 75B, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO NORTE -SUR.
  • Carrera 76 entre Calles 85 y 89, cambia de doble sentido a ÚNICO SENTIDO ORIENTE -OCCIDENTE.
Este es el pico y placa para este miércoles en la vía 40 | Foto: alcaldía de Barranquilla

SE SUSPENDE EL PICO Y PLACA DE TAXIS EL VIERNES 17 DE FEBRERO DE 2023

El viernes 17 de febrero de 2023 se suspenderá la medida de pico y placa para todos los taxis en la ciudad de Barranquilla.

A partir del lunes 20 de febrero de 2023, se restablece el calendario de pico y placa para taxis, según el cronograma establecido:

  • Lunes 20 de febrero de 2023: 1 y 2.
  • Martes 21 de febrero de 2023: 3 y 4.
  • Miércoles 22 de febrero de 2023: 5 y 6.