Las organizaciones sociales LGBTIQ+ del sur de Bogotá conmemoran el mes de la igualdad con una marcha que busca reivindicar sus derechos. Por lo tanto, este domingo 25 de junio se lleva a cabo la Marcha LGBTI del sur, una movilización con la que la comunidad puede admirar las estéticas diversas con un desfile de modas.

La marcha partió a las 9:00 a.m. del parque Olaya (av. Primero de Mayo # 12 - 34), en la localidad de Rafael Uribe Uribe, y tiene como destino el parque metropolitano de San Cristóbal (Carrera 7C este con calle 4). El recorrido cuenta además con la participación de 10 localidades.

En la marcha participa la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, así como alrededor de 500 personas.

¡“En el mes del orgullo celebramos con una muy amplia programación que en Bogotá @SePuedeSer! Y que en estos tres años hemos ampliado las oportunidades para que los derechos pasen cada vez más de la Ley a la vida: más educación, empleo, emprendimiento, protección y mucho más!”, dijo la alcaldesa a través de su cuenta en Twitter.

Por su parte, desde Movilidad Bogotá informaron, siendo la 01:28 p. m., de este domingo, que debido a esta movilización había afectación vial en la avenida Primero de Mayo con carrera 21, sobre la calzada mixta.

A propósito de la comunidad LGBTI, la semana pasada la Corte Constitucional hizo un llamado de atención a las EPS para que no le pongan ningún tipo de traba a las personas transgénero que solicitan procedimientos de afirmación de sexo. Para la Corte, este tipo de obstáculos vulneran derechos fundamentales.

Así lo determinó el Alto Tribunal tras revisar el caso de una persona transgénero que había solicitado el procedimiento ante su EPS, pero que, ante las demoras, se vio obligada a interponer una acción de tutela para que le fuera practicado.

En el 2019, la accionante inició los trámites para que se le practicara la cirugía de transformación de genitales externos para afirmación sexual y de género. En un principio el especialista en endocrinología no aceptó atenderla bajo el argumento de que en dicha clínica no se estaban realizando cirugías de reasignación de genitales y ordenó valoración por cirugía plástica para afirmación de sexo.

La Corte también recordó que “el derecho a la identidad de género constituye una manifestación del libre desarrollo de la personalidad y de la dignidad humana". | Foto: Getty Images

Sin embargo, el especialista en cirugía plástica que atendió su caso expuso que, para ese momento, el procedimiento solicitado no se estaba realizando en la IPS Fundación Valle del Lili, a donde fue remitida.

Nuevamente, el 9 de noviembre de 2020 y el 8 de abril de 2021, el endocrinólogo que estaba atendiendo su caso prescribió orden médica para remisión de la accionante al Hospital Universitario del Valle, bajo el argumento de que el procedimiento requerido solo se estaba realizando en dicha IPS.

El 10 de junio de 2021 esta persona fue atendida por un especialista en psiquiatría, quien determinó que no había impedimento para el tratamiento quirúrgico solicitado y, en consecuencia, lo autorizó. El 25 de noviembre de 2021, la paciente solicitó un concepto médico particular por parte de un experto en cirugía de afirmación de género que certificó que cumplía con todos los requerimientos para que le fuera practicada la cirugía.

La Corte Constitucional advierte que el derecho a la identidad de género constituye una manifestación del libre desarrollo de la personalidad y de la dignidad humana. | Foto: Semana

La accionante alegó que durante más de dos años fue sometida a toda clase de trabas y obstáculos administrativos que vulneraron sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad, a la dignidad y a la identidad sexual y de género.

La Corte le dio la razón y encontró que la EPS incurrió en demoras injustificadas y “no atendió con la debida diligencia los derechos a la salud, incluyendo su dimensión de diagnóstico, y a la identidad de género de la paciente”.

El Mes del Orgullo se celebra en junio para rendir homenaje al levantamiento de Stonewall, que se dio en Nueva York en 1969. | Foto: AFP or licensors

“La Sala reitera en esta oportunidad la jurisprudencia de la Corte respecto del derecho a la salud de las personas transgénero, con fundamento en la cual reafirma que el hecho de imponer obstáculos de carácter administrativo o económico para la prestación de los servicios de salud a estas personas, implica la vulneración de sus derechos fundamentales”, advirtió la Corte.