En la ciudad de Bucaramanga (Santander), se encuentra vigente la medida de pico y placa, restricción de movilidad que busca mejorar el ordenamiento del tránsito de vehículos particulares, motocicletas y taxis, en las vías de la capital santandereana.
De acuerdo con la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB) esta norma, además, pretende reducir los niveles de contaminación y las cifras de accidentalidad en la capital santandereana.
En ese sentido, este miércoles 23 de agosto no podrán circular por la Ciudad Bonita las motocicletas y vehículos particulares cuyo último dígito de la placa termine en 9 o 0. La restricción de movilidad aplica de 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.
Además de los vehículos particulares y motocicletas, esta medida también rige para los automotores de servicio oficial, diplomático, consular, de importación temporal o matrícula extranjera y para vehículos de servicio público, exceptuando a los de transporte individual tipo taxi, los cuales tienen una programación diferente.
En cuanto a los vehículos de servicio público individual tipo taxi, esta restricción aplica también a aquellos con placas terminadas en 9 o 0. Vale precisar que, en el municipio de Floridablanca, también aplica esta medida; sin embargo, para estos automotores la prohibición de circulación inicia a las 7:00 a.m. y va hasta las 9:00 p.m.
No obstante, en el día de pico y placa, los taxistas podrán movilizarse por la ciudad única y exclusivamente para actividades de reparación y mantenimiento, portando un aviso que diga: “fuera de servicio por pico y placa”, esto lo podrán hacer entre las 3:00 y 4:00 de la tarde.
En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado con la imposición de una multa que supera los $ 570.000 pesos; y el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.
“Instamos a los conductores a estar pendientes de la rotación y atenderla desde su inicio para contribuir a una mejor movilidad, y evitar la sanción que para este caso equivale a 15 salarios mínimos diarios legales y vigentes, además de la inmovilización del vehículo”, puntualizó la Dirección de Tránsito de Bucaramanga.
Asimismo, la DTB recordó que por el carril exclusivo de Metrolínea podrán transitar taxis y buses de servicio público, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas por la entidad.
Prescripción de la multa de tránsito
En la capital del país se imparten más de dos mil comparendos al día, de las que una gran cantidad no son notificadas a tiempo y el ciudadano no se entera de que fue castigado económicamente.
Un ejemplo es cuando una persona conduce a 55 kilómetros por hora en una vía en la que la velocidad máxima permitida es 50 kilómetros por hora, y una cámara salvavidas toma la fotografía para imponer el comparendo.
Sin embargo, varias de estas notificaciones no llegan y, tras un tiempo, el infractor no estará obligado a pagar la respectiva multa.
Así las cosas, el Ministerio de Transporte explicó que, si en tres años, después de puesta la multa, la autoridad de tránsito no realizó el cobro de la misma, prescribirá y no la podrá cobrar más adelante.
Asimismo, el concepto explica que el infractor deberá ser notificado dentro de los siguientes cinco días hábiles o será absuelto. La prescripción solo se activará en el caso de que no se agote el trámite de notificación del mandamiento de pago, durante los tres años de plazo.