Un lamentable caso de violencia sexual infantil fue descubierto por las autoridades en la capital de Santander, donde en las últimas horas un juez emitió sentencia condenatoria contra el agresor, quien es el padre biológico de la víctima.
El señalado abusador, un hombre de 69 años, fue condenado en 13 años de prisión por decisión del Juez octavo Penal del Circuito de Bucaramanga, quien avaló las pruebas presentadas por la Fiscalía durante el proceso de judicialización.
“El procesado abusó sexualmente de su hija biológica de 9 años, entre los años 2020 y 2021 en zona urbana de la capital santandereana. El hombre le realizó tocamientos de carácter sexual a la menor, aprovechando que la madre de la víctima se encontraba en el exterior”, explicó la Fiscalía.
El indignante hecho salió a la luz cuando un familiar (materno) de la niña, sorprendió al hoy condenado agrediéndola sexualmente. La situación de inmediato fue denunciada ante Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas).
“El agresor fue capturado en flagrancia el 6 de septiembre de 2021 por servidores de la Policía, quienes fueron alertados por un familiar de la agredida sobre lo que estaba sucediendo en la vivienda familiar”, agregó el ente acusador.
El hombre fue condenado por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo y sucesivo. La sentencia quedó en firme, debido a la gravedad de los hechos.
Jalón de orejas de la Corte Constitucional al ICBF
En una decisión reciente, la Corte Constitucional hizo un contundente llamado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que actúe con celeridad y diligencia en procesos administrativos de restablecimiento de derechos de menores víctimas de abuso sexual. Los casos, tristemente, se siguen presentando en Bogotá y en otras regiones, y lo más grave es que en muchas ocasiones los victimarios son familiares de los menores indefensos.
El pronunciamiento fue hecho al estudiar una tutela que presentó la madre de una joven de 15 años contra la Defensoría de Familia del Centro Zonal Mártires del ICBF, Regional Bogotá, por la vulneración de su derecho fundamental de petición.
En la decisión conocida por SEMANA y relatada por el alto tribunal, la apoderada de la ciudadana le solicitó a la Corte analizar si era pertinente compulsar copias a las autoridades competentes para que investiguen las actuaciones de la Defensoría en el caso de la menor de edad que fue víctima de abuso sexual. La batalla judicial fue extensa y terminó en manos del máximo tribunal de justicia en Colombia.
En este caso, el expediente llegó a los despachos de la Sala Novena de Revisión, integrada por la magistrada Natalia Ángel Cabo y los magistrados Juan Carlos Cortés González y José Fernando Reyes Cuartas (ponente), quienes encontraron que en noviembre de 2019 la madre denunció los hechos, pero, pese a que la entidad ordenó de manera inmediata la verificación y garantía de los derechos de la menor de edad, la visita domiciliaria y la valoración psicológica se hicieron solo seis meses después.
La Corte también encontró que, tres años después de la denuncia, la última actuación dentro del proceso penal corresponde a una solicitud para que se programe audiencia preliminar.
Por tal motivo, la Sala ordenó compulsar copias del proceso a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia para que, si así lo considera, haga una valoración integral de los hechos del caso, acompañe la actuación en defensa de la niña, intervenga en las actuaciones judiciales en curso y evalúe la procedencia de alguna actuación disciplinaria, todo bajo el propósito de asegurar el interés superior de la adolescente.