En la ciudad de Bucaramanga (Santander), se encuentra vigente la medida de pico y placa, una restricción de movilidad que busca mejorar el ordenamiento del tránsito de vehículos particulares, motocicletas y taxis, en las vías de la capital santandereana.

Esta norma, además, pretende reducir los niveles de contaminación y las cifras de accidentalidad, según informó la Dirección de Tránsito de Bucaramanga (DTB).

La medida aplica desde las 6:00 a.m. | Foto: Twitter @transitobucara

De acuerdo con la restricción de movilidad, este jueves 15 de junio no podrán circular por la Ciudad Bonita las motocicletas y vehículos particulares, cuyo último dígito de la placa termine en 9 y 0. La restricción de movilidad aplica de 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.

Además de los vehículos particulares y motocicletas, esta medida también rige para los automotores de servicio oficial, diplomático, consular, de importación temporal o matrícula extranjera y para vehículos de servicio público, exceptuando a los de transporte individual tipo taxi, los cuales tienen una programación diferente.

En cuanto a los vehículos de servicio público individual tipo taxi, esta restricción aplica a aquellos con placas terminadas en 5 o 6. Vale precisar que, en el municipio de Floridablanca, también aplica esta medida; sin embargo, para estos automotores la prohibición de circulación inicia a las 7:00 a. m. y va hasta las 9:00 p. m.

No obstante, en el día de pico y placa, los taxistas podrán movilizarse por la ciudad única y exclusivamente para actividades de reparación y mantenimiento, portando un aviso que diga: “fuera de servicio por pico y placa”, esto lo podrán hacer entre las 3:00 y 4:00 de la tarde.

Los vehículos tienen restricción de movilidad hasta las 8:00 p.m. | Foto: Twitter @transitobucara

En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado con la imposición de una multa que supera los $570.000 pesos; y el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.

“Instamos a los conductores a estar pendientes de la rotación y atenderla desde su inicio para contribuir a una mejor movilidad, y evitar la sanción que para este caso equivale a 15 salarios mínimos diarios legales y vigentes, además de la inmovilización del vehículo”, puntualizó la Dirección de Tránsito de Bucaramanga.

Asimismo, la DTB recordó que por el carril exclusivo de Metrolínea podrán transitar taxis y buses de servicio público, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas por la entidad.

Requisitos para la licencia de conducción

De acuerdo con la definición del Código Nacional de Tránsito, la licencia de conducción es un documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional.

La licencia de conducción habilitará a su titular para manejar vehículos automotores de acuerdo con las categorías que para cada modalidad establezca el reglamento. Los requisitos para obtenerla, según la normativa nacional, son:

  • Saber leer y escribir.
  • Tener 16 años cumplidos.
  • Aprobar un examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares.
La licencia de conducción es un documento obligatorio para manejar vehículos motorizados en el territorio nacional. | Foto: Secretaría de Movilidad
  • Certificado de aptitud física y mental para conducir expedido por un médico debidamente registrado ante el Ministerio de Salud.

En caso de que se trate de una licencia de conducción para servicio público, los requisitos serán los mismos, a excepción de la edad mínima que será de 18 años cumplidos y de los exámenes teórico-prácticos, de aptitud física y mental o los certificados de aptitud de conducción expedidos que estarán referidos a la conducción de vehículo de servicio público.