Las obras del Parque integral Cristo Rey que iniciaron el pasado 16 de agosto han causado polémica en las últimas semanas.

Cabe recordar que el proyecto contempla la construcción de un sendero peatonal de seis kilómetros, miradores, un edificio terraza, un auditorio para 100 personas, 14 módulos comerciales, parqueaderos y una conexión directa entre la zona urbana del barrio San Fernando y la rural en Cristo Rey.

Sin embargo, habitantes de San Fernando y Cristales, no estarían de acuerdo. En esa línea, el concejal de Cali, Juan Martín Bravo, radicó una acción popular señalando que la construcción representa muchos riesgos.

“El Juzgado Quinto admitió la acción popular que radiqué, ya que este proyecto representará una afectación medioambiental en el sector en el que se harán las obras. Entre los riesgos que se podrían ocasionar son inundaciones y derrumbes, como ha sucedido en años anteriores”, aseguró.

Ante esta acción popular, la Alcaldía de Cali señaló en las últimas horas que frente a las evidencias y argumentos técnicos aportados por la administración, la juez negó la medida cautelar y decidió no suspender la obra.

“Se ha negado la medida cautelar que pretendía detener las obras y esto ha sucedido por todos los documentos que aportamos, que demuestran que cumplimos con todos los permisos y las licencias para mantener los ecosistemas ambientales, tener la mitigación correspondiente, se han hecho las socializaciones pertinentes y este proyecto no significa un riesgo. Ha prevalecido el bien común sobre algunos intereses particulares, el proyecto integral Cristo Rey continúa, vamos a avanzar con las obras, para poner este proyecto a disposición de los ciudadanos”, manifestó Martha Liliana Hernández Galvis, secretaria de Vivienda Social y Hábitat de Cali.

Dentro de las pretensiones del accionante se encontraba la suspensión temporal e indefinida de la ejecución de las obras del Proyecto Integral Cristo Rey.

El Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito, fue quien llevó el proceso que interpuso el concejal Juan Martín Bravo en contra del Distrito de Santiago de Cali argumentando entre muchas cosas, que el proyecto generaba riesgos y que no contaba con todos los estudios pertinentes para su realización, lo que fue desvirtuado por las pruebas que se aportaron y tuvieron toda la validez para el ente de control.

“Se ha pronunciado la juez constitucional, señalando que no se evidencia la necesidad de esa medida ni un prejuicio irremediable, ni daño alguno como se pretende por el accionante. Aquí es importante señalar, que destaca la juez, que se cumple con todos los permisos de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), todos los planes para la conservación de la fauna y la flora, todas las autorizaciones requeridas e incluso se destaca que esta es una obra que está concebida dentro del plan de ordenamiento territorial”, expresó María del Pilar Cano Sterling, directora jurídica de la Alcaldía de Santiago de Cali.

En la respuesta emitida por el juzgado, se evidencia que el accionante no aporta, más allá de su aseveración, elementos de prueba.

“La solicitud la fundamenta argumentando que no ha tenido acceso a los estudios, especialmente sobre el riesgo de movimiento de tierras, estabilidad del terreno y de impacto ambiental donde se va a realizar el proyecto. Puntos que quedan desvirtuados con las pruebas aportadas en la presente acción constitucional, que dan cuenta de que sí se han realizado estudios objetivos por entidades especializadas sobre el tema, en los que se plantean las medidas necesarias para mitigar el riesgo”, dice textualmente la respuesta sobre la medida cautelar.

“Esta iniciativa de ciudad es una obra de inversión prioritaria porque provee de espacio público a la ciudad. Además de frenar el impacto ambiental que tendría la construcción de más edificaciones urbanísticas en la ladera de la ciudad”, concluyó la Alcaldía.