El Ministerio de Vivienda estuvo a punto a truncar el sueño de un numeroso grupo de ciudadanos en Cali de tener vivienda propia, pese a que ya habían avanzado bastante en el proceso de adquisición y tenían subsidios aprobados.
Juan Pablo de la Cruz Mosquera, un joven que se dedica a la producción musical, es uno de los más 200 afectados que tuvieron que iniciar acciones legales para que no le vulneraran sus derechos, pues durante el proceso la cartera cambió las reglas de juego para acceder a los subsidios y los iba a obligar a empezar de cero los trámites que ya tenían adelantados.
Los subsidios habían sido solicitados a través del programa Mi Casa Ya y figuraban en estado “habilitado”, es decir, cumplieron con los requisitos para obtener el beneficio. De la Cruz, por ejemplo, recibiría 30 millones de pesos para pagar su casa, pero querían cambiarle al estatus porque las formas de acceder al beneficio ya eran distintas.
En concreto, esto fue lo que cambió: De la Cruz, como muchos otros, accedieron al subsidio al devengar menos de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes, pero ahora, para poder obtenerlo, le exigían como requisito el puntaje del Sisbén.
La exdiputada y actual precandidata a la Alcaldía de Cali, Juanita Cataño, recogió las quejas de los afectados y los acompañó legalmente para que instauraran tutelas en contra del Ministerio de Vivienda para que no les vulneraran sus derechos y les respetaran el estatus de su proceso. Además, instauró una demanda para congelar el decreto que modificó las reglas de juego.
“He demandado, por inconstitucionalidad ante el Consejo de Estado el Decreto 490 del 2023 que expidió el Gobierno nacional, donde cambia abruptamente los criterios de asignación de subsidios, violando el principio de confianza legítima de los postulantes en estado “habilitado” del subsidio de vivienda social MI CASA YA, quienes adelantaron su proceso de adquisición de vivienda propia bajo los criterios contemplados en el Decreto Único No 1077 del 2015 (selección de proyecto de vivienda, crédito aprobado por entidad financiera, ingresos entre 1 y 4 salarios mínimos y pago de cuota inicial de recursos propios). Ni el Decreto No 490 del 2023 que modifica los criterios, ni la resolución 0186 del 10 de abril de 2023 reglamentaria, publicada para observaciones en la página del Ministerio de Vivienda, establecen un régimen de transición específico que de claridad y respete el debido proceso de las familias en estado habilitado, por el contrario, los somete a nuevas reglas de juego como la categorización en el Sisbén, entre otros que no estaban contemplados en el decreto 1077 del 2015, poniendo en riesgo de pérdida sus ahorros”, explicó Cataño.
De acuerdo con Cataño, les violaron los derechos al debido proceso, principio de buena fe y confianza legítima. Recientemente, las tutelas y recursos legales que ha asesorado la política caleña han surtido efecto, en segunda instancia, en al menos tres casos.
“Se le ha ordenado al Ministerio de Vivienda y Fonvivienda continuar el proceso y no cambiar el estatus del subsidio, o sea, no bajarlo de habilitado (...) lo que estamos buscando es que a las personas que estaban en estado habilitado, iniciaron su proceso, habían pagado una cuota inicial, que ya les iban a entregar la casa, les respeten el proceso inicial, que las modificaciones se las apliquen a los nuevos aspirantes”, dijo Cataño en conversación con SEMANA.
De la Cruz es uno de los beneficiados tres beneficiados con la decisión judicial en segunda instancia. En conversación con este medio dijo que espera estar firmando las escrituras de su casa la próxima semana.
Sin embargo, la mayoría de los afectados, muchos de ellos de bajos recursos, siguen en vilo y temen que se alargue la espera de tener casa propia.