La alcaldía de Cali publicó recientemente el nuevo decreto de pico y placa para la ciudad, que este año inició el lunes 16 de enero. Tal y como lo había anunciado el secretario de Movilidad, William Vallejo, la medida no tuvo cambios importantes con respecto al año pasado.

Así las cosas, la restricción continúa por 14 horas continuas, de 6:00 a. m. a 8:00 p. m., y tendrá una rotación diferente en los dos semestres de este 2023.

Para el primer semestre de 2023 aplicará de la siguiente manera cada día:

  • Lunes: 3 y 4.
  • Martes: 5 y 6.
  • Miércoles: 7 y 8.
  • Jueves: 9 y 0.
  • Viernes 1 y 2.

En ese sentido, para este lunes 23 de enero la restricción rige para los vehículos con placas que terminan en 3 y 4.

El decreto establece que la restricción de pico y placa no aplica para los días sábados, domingos y feriados establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca la autoridad competente.

Es importante destacar que durante los periodos comprendidos entre el 16 y el 20 de enero de 2023 y el 3 al 7 de julio de 2023 las multas por infringir el pico y placa en Cali serán pedagógicas, pero que fuera de esas fechas las sanciones serán económicas.

El pico y placa en Cali aplica de lunes a viernes. | Foto: Daniel Jaramillo

Se exceptúan de la restricción establecida los siguientes grupos de vehículos:

  • Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
  • Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
  • Los vehículos oficiales.
  • Vehículos de transporte público.
  • Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal No 0401 del 2016 o la norma que le modifique.
  • Las motocicletas.

“Para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de pico y placa de que trata el presente artículo, debe radicarse solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad del Distrito Especial de Santiago de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto n.° 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”, señala el decreto.

El pico y placa en Cali no cobija a taxis y motos. | Foto: Daniel Jaramillo

Este año, nuevamente, los conductores que deseen quedar exentos del pico y placa podrán pagar la tasa por congestión, cuyas tarifas, las cuales son calculadas con base en el valor del pasaje del Masivo Integrado de Occidente (MIO), que quedaría en 2.700 a partir del 24 de enero, serán anunciadas en los próximos días.

“El pago de la tasa por congestión debe hacerse hasta el penúltimo día hábil del mes previamente anterior al cual quieren usar la exención. Empezaría a regir en febrero para quienes paguen en enero”, dijo el secretario de Movilidad de Cali, William Vallejo.

El incumplimiento del pico y placa, según el decreto, “será sancionado de acuerdo con lo establecido en el inciso 14 del literal C del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre”, es decir, con una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes ($580.000).