La Procuraduría General de la Nación ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra John Jairo Gómez, alcalde del municipio de Tuluá (Valle del Cauca) y su secretaria de Educación Municipal, Lina Marcela Mejía Arias.
De acuerdo con el ente de control, esto se da por haber incurrido en presuntas conductas irregulares, al no haber adelantado el proceso contractual para garantizar el servicio de transporte escolar de manera oportuna para los estudiantes de la zona rural alta del municipio, desde el inicio del calendario escolar 2023.
“La Provincial de Instrucción de Buga señaló que, al parecer por falta de planeación contractual, el servicio no fue garantizado desde el mes de enero de 2023, situación que desencadenó una serie de protestas por parte de padres de familia y estudiantes, que alteraron el orden público con bloqueos y marchas”, indicó la Procuraduría.
El Ministerio Público también precisó que dicha situación habría ocasionado que la Administración Municipal, tuviera que acudir a la celebración de contratos de mínima cuantía para atender temporalmente la necesidad de movilizar a los estudiantes de la zona rural.
La actuación disciplinaria que inició la entidad, que incluyó la práctica de pruebas, busca determinar la ocurrencia de la conducta, establecer si es constitutiva de falta disciplinaria y definir si se actuó o no al amparo de una causal de exclusión de responsabilidad.
De otro lado, la Procuraduría General de la Nación ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra el personero de Bugalagrande (Valle del Cauca), Jorge Alberto Candamil García, quien presuntamente además de su cargo, fungió de forma paralela como abogado litigante en un proceso judicial en el que era apoderado de una de las partes.
La Provincial de Instrucción de Buga señaló que el disciplinado habría percibido, de manera simultánea, ingresos por su rol como servidor público y como apoderado de confianza de un particular, que le pagaba honorarios por sus servicios profesionales, con lo que pudo incurrir en una incompatibilidad y a la vez haber prestado asesoramiento ilegal.
De igual manera, el ente de control resaltó que no encontró elementos que posibiliten la interferencia del investigado en el trámite de la actuación, por lo que negó la petición de suspenderlo de manera provisional, pero ordenó la compulsa de copias a la Contraloría Departamental, a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Valle del Cauca y a la Fiscalía General de la Nación para lo relacionado con sus competencias.
“La actuación disciplinaria que inició la entidad, que incluyó la práctica de pruebas, busca determinar la ocurrencia de la conducta, establecer si es constitutiva de falta disciplinaria y definir si se actuó o no al amparo de una causal de exclusión de responsabilidad”, indicó la Procuraduría.
Entretanto, en serios problemas se encuentra la alcaldesa de Ansermanuevo (Valle del Cauca), Lina María Barco Rodríguez, supuestamente por haber vulnerado el principio de moralidad.
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a Barco Rodríguez por presuntamente omitir en la vigencia 2022 la suscripción del convenio interadministrativo que permitiera destinar recursos para atender a personas sindicadas con detención preventiva o que han sido condenadas.
De acuerdo con lo que informa la Procuraduría, la Provincial de Instrucción de Cartago adujo que, al parecer, la mandataria local pasó por alto su obligación de establecer un acuerdo con el Instituto Nacional Penitenciario (Inpec) y la Unidad de Servicios Penitenciarios (Uspec), teniendo en cuenta que el municipio carece de centro carcelario.
El Ministerio Público indicó que posiblemente Barco Rodríguez no tuvo en cuenta la necesidad de aunar esfuerzos humanos, administrativos, jurídicos, tecnológicos y logísticos entre el ente territorial y las entidades mencionadas, por lo que pudo incurrir en el incumplimiento de su deber funcional de conservar el orden público.
La entidad sostuvo que la alcaldesa supuestamente vulneró el principio de moralidad, por lo que calificó de manera provisional la presunta conducta como falta grave a título de culpa gravísima.