La situación en el relleno sanitario ubicado en el barrio Henequén empeora día a día, a decisión del Juzgado Séptimo Administrativo de Cartagena con respecto a esta problemática, resolvió declarar en desacato por segunda ocasión a William Dau Chamat, en calidad de alcalde del Distrito de Cartagena.
El incidente de desacato 2002-90, impone al mandatario una multa equivalente a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, conmutables en arresto. La decisión de juzgado se da a raíz del incumplimiento de la sentencia de acción popular realizada el 16 de febrero del año 2009.
Esta sentencia declaró el cierre definitivo del relleno sanitario Henequén y para garantizar la recuperación ambiental y la protección de los habitantes de la zona en su momento, ordenó la implementación de las siguientes medidas:
- Limitar el acceso al inmueble.
- Reiniciar el bombeo de los lixiviados de las lagunas de pondajes hacia las áreas de taludes y corona.
- Ejecutar la limpieza de las tuberías y registros que conducen lixiviados de la masa del relleno hacia las lagunas de pondajes.
- Ejecutar la limpieza de los canales pluviales localizados en las áreas perimetrales del relleno.
- Implementar un mecanismo de extracción y evacuación de gases.
- Deberá dar al relleno sanitario Henequén la destinación de parque ecológico establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial.
En la página 20 de la sentencia del 8 de julio de 2022, se establecieron las razones del fallo del juzgado: “(...) En este caso, el despacho encuentra que se mantiene el incumplimiento de la sentencia de fecha 16 de febrero de 2009, confirmada por el Tribunal Administrativo de Bolívar con fallo del 25 de febrero de 2010.
Después del material probatorio aportado por la Procuraduría 3 Judicial II para Asuntos Ambientales y Agrarios de Cartagena, se puede concluir que el Alcalde de Cartagena ha permitido el asentamiento humano en el antiguo relleno sanitario de Henequén, no ha desarrollado acciones vigilancia y control para la recuperación del mismo; ha ignorado las órdenes emitidas por la Cardique mediante la resolución número 065 de 21 de enero de 2011 y en la Resolución N 597 del 20 de mayo del 2016”.
En el espacio determinado como relleno sanitario, la administración actual no ha realizado ningún acto presupuestal o administrativo, que permita concluir el proceso de expropiación, el cual definiría la situación jurídica de los bienes inmuebles de quienes han construido invasiones en el predio y así poder darle la destinación de parque ecológico establecida en Plan de Ordenamiento Territorial de Cartagena.
El pasado 7 de junio, la Personería Distrital de Cartagena ejecutó una visita de rutina al relleno sanitario de Henequén, donde se le reportó a la Procuraduría 3 Judicial II para Asuntos Ambientales y Agrarios de Cartagena que, los mecanismos de chimeneas de evacuación de gases, cámaras de inspección y bombeo de lixiviados han desaparecido casi en su totalidad. Las cunetas de evacuación están altamente deterioradas, lo que impide que cumplan su finalidad.
El inmueble a la fecha se encuentra con asentamientos humanos, a pesar de que es una zona de alta sensibilidad ecológica por contener unas dos millones de toneladas de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD).
En dicho informe, la personería Distrital de Cartagena manifestó que la labor de las autoridades ha sido inexistente o insuficiente. Lo cual pone en riesgo a la población de una catástrofe sanitaria, ya que el riesgo de explosión del relleno sanitario crece día a día.
ANLA da luz verde al dragado para obras de protección costera
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) mediante la Resolución 01450 del 11 de julio de 2022, autorizó al Departamento Administrativo de Valorización Distrital las actividades de dragado y obras asociadas para el proyecto de Protección Costera en Cartagena.
El acto administrativo explica que según las consideraciones técnicas efectuadas en el Concepto Técnico 3790 del 1.° de julio de 2022, resultan viables, ya que cumplen con el alcance, condiciones y términos señalados como requisitos establecidos en la licencia ambiental.