Desde el 4 de julio fue puesta en marcha la nueva rotación del pico y placa en Cartagena.

La medida aplica en cumplimiento de los decretos distritales que regulan la movilidad en la ciudad: decreto 0304, del 24 de febrero de 2023, para vehículos particulares; decreto 0306 del 24 de abril de 2023, para motocicletas, y el decreto 1196, del 26 de agosto de 2022, para los taxis.

La nueva rotación para particulares y motocicletas va desde este martes, 4 de julio, hasta el 29 de septiembre de 2023. En cuanto a los taxis, la nueva rotación va desde el 28 de agosto al 29 de septiembre.

Movilidad en Cartagena - Tráfico en inmediaciones al Camellón de los Mártires | Foto: Semana
Rotación entre el 4 y 8 de septiembre
Carros particulares

De acuerdo con la normativa, la medida para carros particulares aplica desde las 7:00 a. m. hasta las 8:00 p. m., de lunes a viernes, con excepción de los días festivos y fines de semana.

  • Lunes 25 de septiembre: 5 y 6.
  • Martes 26 de septiembre: 7 y 8.
  • Miércoles 27 de septiembre: 9 y 0.
  • Jueves 28 de septiembre: 1 y 2.
  • Viernes 29 de septiembre: 3 y 4.
Motos

Para las motocicletas, la restricción va desde las 5:00 a. m. hasta las 11:00 p. m., de lunes a viernes, a excepción de los fines de semana y festivos.

  • Lunes 25 de septiembre: 5 y 6.
  • Martes 26 de septiembre: 7 y 8.
  • Miércoles 27 de septiembre: 9 y 0.
  • Jueves 28 de septiembre: 1 y 2.
  • Viernes 29 de septiembre: 3 y 4.

El acto administrativo contempla algunas medidas restrictivas de circulación para los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido en el distrito de Cartagena.

Para este tipo de vehículos también aplica el día sin moto, el cual se da el segundo y último lunes de cada mes, con sus respectivas excepciones. El próximo será este lunes 25 de septiembre.

Movilidad en Cartagena - Calle de la Candelaria | Foto: SEMANA
Taxis

Desde el lunes 28 de agosto, la rotación cambió para este tipo de vehículos de servicio público.

  • Lunes 25 de septiembre: 1 y 2.
  • Martes 26 de septiembre: 3 y 4.
  • Miércoles 27 de septiembre: 5 y 6.
  • Jueves 28 de septiembre: 7 y 8.
  • Viernes 29 de septiembre: 9 y 0.

Según lo establecido, durante la restricción solo podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, los cuales deberán desmontar la silla trasera y portar un aviso en el vidrio frontal: ‘vehículo en mantenimiento por pico y placa’.

Las personas que sean sorprendidas infringiendo las restricciones, tendrán la obligación de pagar una multa de $523.000. Asimismo, el vehículo podría ser inmovilizado por las autoridades.

Movilidad en Cartagena - Centro Histórico a la altura de la curva en el Centro de Convenciones | Foto: SEMANA

El ‘Día sin moto’

El acto administrativo determinó que esta medida aplica para la circulación de vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo las cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido en el Distrito de Cartagena.

El acto administrativo precisa que serán días sin moto el segundo y último lunes de cada mes, excepto días festivos. En esta oportunidad, los conductores de motocicleta que apliquen dentro de las excepciones podrán circular por la ciudad.

El segundo lunes de cada mes

Este día se exceptúan de la restricción:

  • Las motocicletas que sean conducidas por su propietario, quien deberá acreditarlo exhibiendo la licencia de tránsito.

Este día pueden llevar acompañante cumpliendo con todas las normas de tránsito y elementos de protección.

Movilidad en Cartagena - Avenida Pedro de Heredia a la altura de María Auxiliadora. | Foto: SEMANA