Este jueves 19 de septiembre se conoció que un juzgado declaró improcedente una tutela instaurada por Jairo Morad Pérez y Óscar Fernando Arias Charry como representantes de la Sociedad Café del Mar S.A.S. contra la Gerencia de Espacio Público (GEPM), entidad del Distrito, y la Policía Nacional por el desalojo que llevaron a cabo, el pasado 2 de septiembre, tras una orden del Consejo de Estado.
Dicho documento ordenaba restituir el espacio público ocupado por el restaurante Café del Mar en el baluarte Santo Domingo.
“Morad Pérez, administrador del restaurante, describió en la tutela que el procedimiento fue indebido, pues argumentó que la Policía Nacional y la GEPM infringieron los derechos derivados del contrato de arrendamiento que tenía el establecimiento, al continuar con el operativo e incautar el mobiliario que necesita Café del Mar para funcionar”, dijo la Alcaldía por medio de un comunicado de prensa.
De igual manera, aseguró: “Café del Mar solicitó que se tutelen sus derechos fundamentales al ordenarse al Distrito y a la Policía Nacional la restitución de los bienes muebles incautados, los cuales debían ser devueltos al sitio del que fueron retirados en un término no superior a 24 horas si la tutela era declarada procedente”.
Mediante esta acción popular, lo que buscaban los representantes era que el desalojo quedara sin efecto y que un juez les ordenara al Distrito y a la Policía no realizar nuevas diligencias de verificación de ocupación del espacio público en el baluarte Santo Domingo, donde operaba Café del Mar.
Por su parte, el Juzgado Penal 8 del Circuito de Cartagena les dio 48 horas al Distrito y a la Policía para que rindieran informes sobre los hechos y demás que estimaran necesarios en ejercicio de su derecho de defensa.
En medio de todo el proceso, el juzgado penal revisó el proceso jurídico, las pruebas que entregó el Distrito y la legalidad de los aprovechamientos económicos en Bienes de Interés Cultural de la Nación, y declaró improcedente la tutela, al definir que no hay ninguna prueba que indique que el procedimiento fue ilegal o que hubo vulneración de derechos.
En el oficio del juzgado se destacó que, desde el 1.° de marzo de 2024, por medio del acto administrativo 032, la Etcar dio por terminado el contrato de arrendamiento, lo que fue notificado a la Sociedad Café del Mar.
“El espacio público que era usado por Café del Mar en el baluarte Santo Domingo no fue del todo recuperado por el Distrito, pues aún el tendal, donde funcionaba la cocina y la barra del restaurante, sigue ocupado con mobiliario. Para que se desaloje esta zona era necesaria una decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, comisionando a un inspector de Policía para que ejecute el procedimiento”, explicaron desde el Distrito.
Todo este proceso fue motivado por la demanda en 2014 del ciudadano David García Gómez contra el Ministerio de Cultura y la Alcaldía de Cartagena, vinculando a la Etcar y al Instituto de Patrimonio y Cultura.
García Gómez acusó que Café del Mar vulneró sus derechos al libre tránsito por las murallas y cuestionó lo que pagaba el restaurante en esa privilegiada porción de muralla, ya que en 2014 la empresa pagaba solo $ 5 millones mensuales.