Este martes 8 de octubre, se conoció que un juez de la República tumbó una acción de tutela contra la Alcaldía de Cartagena por parte de los constructores del polémico edificio Aquarela que ha sido desmontado paulatinamente desde el pasado 22 de marzo.
Incluso, se conoció que desde el Distrito, el pasado 22 de abril, por medio de la Dirección de Control Urbano, tomaron posesión de la oficina que construyó la edificación que está situada en la ciudad de Medellín, Antioquia, y embargó los bienes con el fin de salvaguardar los derechos de las familias damnificadas por el fallido proyecto.
“Dicho operativo fue el resultado de dos meses de estudio por un equipo jurídico y urbanístico del Distrito, la Dirección de Control Urbano, en cabeza de Emilio Molina, quien fue el funcionario que lideró el embargo y secuestro de todos los bienes de la constructora, en el ejercicio de sus funciones en materia de inspección, vigilancia y control a los enajenadores de vivienda”, dio a conocer la Alcaldía por medio de un comunicado de prensa que emitieron.
Luego de esta acción, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, indicó que esta medida la habían tomado pensando en las personas que invirtieron en este proyecto que terminó siendo no viable.
“Fue una medida preventiva que busca, con la toma de posesión de los negocios, bienes y haberes de la constructora, salvaguardar y proteger de forma especial y preferentemente los derechos de todas las personas que invirtieron en dicho proyecto y a fin de preservar, mantener y recuperar el derecho a la vivienda digna, el orden público y económico”, dijo Turbay.
En medio de toda esta situación, el Distrito designó a Ángel Rodríguez Sánchez como agente especial, quien como representante legal de la sociedad revisa el estado de la empresa, para definir si la toma de posesión de los bienes será para administrarla o liquidarla. Con ello los inversionistas y acreedores, que se entiendan afectados, podrán vincularse a esta actuación para que puedan garantizarse sus derechos.
Sin embargo, el pasado 25 de septiembre, Promotora Calle 47 radicó una tutela ante el Juzgado Segundo Civil Municipal de Cartagena contra el Distrito, en la que pedían que el agente especial Ángel Rodríguez adelantara una serie de acciones, les entregara información de la intervención, y además les suministre copia del concepto integral que emitió y que se encuentra en estudio de Control Urbano.
Además de la Secretaría de Planeación y la Dirección de Control Urbano, la empresa vinculó a su tutela también a la Superintendencia de Sociedades, a la Superintendencia de Industria y Comercio y a la Dian.
En el estudio jurídico de la jueza Ingrid Elena Reyes Palmera, el Distrito, a través del agente especial interventor, señaló que no puede satisfacer las peticiones de Promotora 47, entregándoles el concepto integral y que no tiene por qué rendirles informe de sus acciones a la empresa intervenida.
“Negar el amparo al derecho fundamental de petición y al acceso a la información pública al interior de la acción de tutela promovida por Claudio Restrepo Gutiérrez; Eme Propiedad Raíz S.A.S.; Ingeniería Inmobiliaria S.A.S.; FCR S.A.S.; Plano Constructivo S.A.S., en contra de Angel Alberto Rodríguez Sánchez en calidad de Agente Especial Interventor de la sociedad Promotora Calle 47 S.A.S. en toma de posesión, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, dice el fallo de la juez.
De igual manera, se lee: “Desvincular a Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias; Secretaría de Planeación; Dirección Administrativa de Control Urbano; Superintendencia de Sociedades; Superintendencia de Industria y Comercio; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Dian, por haberse resuelto de fondo este asunto”.
Misma tesis compartida por la jueza, quien determinó que Promotora 47 tienen restringidos sus derechos debido a la intervención y que, por lo tanto, la no respuesta del agente especial a sus peticiones no vulnera sus derechos.