En el pasado mes de junio, el concejal de la ciudad, Javier Julio Bejarano, solicitó medidas de protección ante amenazas contra su vida que había recibido en ese momento. Sin embargo, el alcalde de la ciudad, por medio de un video, manifestó que estas serían falsas.

“Lo dicho por el alcalde Dau Chamat en el video es supremamente peligroso porque al descalificar las denuncias por las amenazas que ha recibido el actor, aumenta el riesgo al que pueda estar sometida su integridad y la de su familia. Incluso, el alcalde con las afirmaciones injuriosas y calumniosas en su contra está insinuando que el actor está incurso en una presunta conducta delictiva denominada falsa denuncia”, manifestó el juez quinto de Pequeñas Causas Laborales, Joaquín Uparela Hernández.

A la fecha, el mandatario no se ha pronunciado acerca de las denuncias puestas por el cabildante, es decir que al no rectificarse o retractarse, el alcalde William Jorge Dau Chamat deberá cumplir cinco días de prisión, más cinco salarios mínimos, puesto que ha incurrido en un desacato ante la orden del fallo.

Por su parte, la Alcaldía de Cartagena, por medio de un comunicado, manifestó que “el desacato ordenado por el Juzgado Quinto de Pequeñas Causas Laborales de Cartagena en contra del alcalde William Dau Chamat no es una decisión definitiva, ya que la sanción está sujeta a la consulta ante el superior el Juzgado Tercero laboral del circuito”.

Sin embargo, el fallo determina que: “La medida restrictiva del derecho de libertad personal debe ejecutarse inmediatamente el superior funcional resuelva el grado de jurisdicción de consulta, para lo cual se comunicará de esta orden al Comando de Policía de Cartagena, para que a través del señor coronel comandante de dicha unidad, se haga posible su realización. Se fija como sitio de reclusión las instalaciones del C.T.I. o los calabozos del comando de la Policía Nacional en Cartagena”.

¿Qué dice la demanda?

Desde hace más de un año, en múltiples ocasiones, el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, ha expresado públicamente diferentes términos para referirse al concejal de la ciudad, Javier Julio Bejarano.

El cabildante ha dado a conocer a la opinión pública que con motivo de su actividad como concejal de la ciudad de Cartagena y como activista político, ha recibido amenazas en contra de su vida e integridad personal provenientes, en algunos casos, de bandas criminales.

Por esta razón a finales del año 2020, solicitó protección a la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección (UNP), la cual se le fue otorgada con un chaleco blindado mediante Resolución 00008765 de 22 de diciembre de 2020.

Debido a que con el paso del tiempo las amenazas han continuado, en el año en curso fue tramitada una acción de tutela en contra de la UNP y el Ministerio del Interior. El fallo fue a favor de Julio Bejarano y por esta razón la UNP le asignó esta vez la medida de protección de urgencia a favor del concejal y su núcleo familiar, consistente en un esquema de seguridad tipo 1 conformado por un vehículo convencional, dos hombres de protección, más un chaleco antibalas.

El pasado 3 de junio de 2022, el alcalde mayor de Cartagena publicó un video por medio de las páginas de Facebook e Instagram, tanto de la Alcaldía Mayor del Distrito como en sus cuentas personales.

En el clip, el mandatario se refirió a las amenazas que había denunciado el concejal, diciendo: “Son falsas, que no existen y que son puro invento”. Además, en el vudeo William Dau, utilizó en reiteradas ocasiones calificativos como ‘viejita chismosa’, para referirse al concejal.

Ante esta situación, el cabildante radicó una petición ante la Policía Nacional, en la que solicitó el pronunciamiento sobre lo manifestado por el alcalde mayor de Cartagena, recibiendo respuesta el 15 de junio de 2022.

El documento entregado por la institución cumplió con el requisito de procedibilidad de la acción de tutela, en que el concejal solicitó la rectificación y retractación del mandatario. Sin embargo, a la fecha de presentación de la tutela no hubo rectificación ni retractación por Dau Chamat, ni de la Alcaldía Mayor del Distrito de Cartagena.

El fallo

Ahora bien, el pasado 22 de julio de 2022 el juez quinto de Pequeñas Causas Laborales resolvió tutelar los derechos fundamentales expuestos por Javier Julio Bejarano; entre las decisiones judiciales están:

  • Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a ser notificado, el alcalde de Cartagena debía rectificarlas afirmaciones realizadas sobre la persona y las denuncias radicadas por Javier Julio.
  • Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a ser notificada, la Alcaldía de Cartagena debía difundir la rectificación y eliminar de sus redes personales e institucionales los videos publicados los días 3 de junio y 14 de julio del 2022, los cuales hacen relación a Julio Bejarano.
  • Además, el juez ordenó al Dau Chamat que en lo sucesivo se abstenga de referirse al concejal con el apodo de “La Viejita Chismosa” por las razones expuestas en la tutela.