Desde el pasado 4 de julio fue puesta en marcha la nueva rotación del pico y placa en Cartagena.

La medida aplica en cumplimiento de los decretos distritales que regulan la movilidad en la ciudad: Decreto 0304 del 24 de febrero de 2023 para vehículos particulares; Decreto 0306 del 24 de abril de 2023 para motocicletas, y el Decreto 1196 del 26 de agosto de 2022 para los taxis.

La nueva rotación para particulares y motocicletas va desde este martes 4 de julio hasta el 29 de septiembre de 2023.

Movilidad en Cartagena, hora pico a la altura de Ronda Real | Foto: Archivo Particular - Cortesía
Rotación el martes 18 de julio
Carros particulares

De acuerdo con esta normativa, la medida para carros particulares aplica desde las 7:00 a. m. hasta las 8:00 p. m., de lunes a viernes, con excepción de los días festivos y fines de semana.

  • Martes 18 de julio: 7 y 8
Motos

Para las motocicletas, la restricción va desde las 5:00 a. m., hasta las 11:00 p. m., de lunes a viernes, a excepción de los fines de semana y festivos.

  • Martes 18 de julio: 7 y 8

El acto administrativo contempla algunas medidas restrictivas de circulación para los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido en el Distrito de Cartagena.

Para este tipo de vehículos también aplica el ‘día sin moto’, el cual se da el segundo y último lunes de cada mes, con sus respectivas excepciones. En este mes será el 24 de julio.

Movilidad en Cartagena - Intersección en la avenida Pedro de Heredia a la altura de los Cuatro vientos | Foto: SEMANA
Taxis

Desde el lunes 5 de junio, la rotación cambió para este tipo de vehículos de servicio público.

  • Martes 18 de julio: 9 y 0

Según lo establecido, durante la restricción solo podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, los cuales deberán desmontar la silla trasera y portar un aviso en el vidrio frontal: ‘Vehículo en mantenimiento por pico y placa’.

Las personas que sean sorprendidas infringiendo las restricciones tendrán la obligación de pagar una multa de 523.000 pesos. Así mismo, el vehículo podría ser inmovilizado por las autoridades.

Hay que recordar a la ciudadanía que el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, estableció medidas de movilidad y seguridad vial en los barrios San Diego, La Matuna y Getsemaní, en el Centro Histórico.

Las medidas aplicaron desde el 28 de junio hasta el día 7 de agosto de 2023, y se restringe la circulación de vehículos motorizados en las vías de los barrios antes mencionados, en el horario comprendido entre las 4:00 p. m. y las 4:00 a. m. del día siguiente.

Restricción de entrada al Centro de Cartagena a la altura de la India Catalina. | Foto: DATT
Excepciones de la restricción
  • Vehículos automotores que pertenezcan o hagan parte del cuerpo de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación.
  • Vehículos adscritos a empresas de servicios públicos.
  • Vehículos funerarios.
  • Vehículos adscritos a empresas de transporte de valores.
  • Vehículos que transporten personas con discapacidad permanente cuya condición motora, sensorial o mental limiten su movilidad, siempre y cuando cumplan con las normas establecidas para la conducción de vehículos.
  • Vehículos al servicio de empresas de lavandería en operaciones de entrega o recolección.
  • Vehículos de autoridades de tránsito.
  • Vehículos automotores de residentes o propietarios de predios que tengan en el mismo parqueadero o garaje fuera de vía. La circulación solo podrá realizarse para entrar o salir de dicho parqueadero o garaje.