El edificio Aquarela, ubicado en Cartagena, tiene sus horas contadas. La polémica infraestructura está ubicada cerca del Castillo San Felipe, poniendo en jaque el estatus del Corralito como Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad.

SEMANA conoció que el próximo miércoles, 28 de febrero, se inicia el monte de la grúa y ese mismo día se instalará un puesto de mando unificado. Al finalizar, arrancaría el proceso de demolición.

Edificio Aquarela en Cartagena. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Todo parece indicar que la empresa encargada de su destrucción será Atila, la misma que asumió la demolición del edificio Space en Medellín.

De acuerdo con el Ministerio de Cultura, la edificación se comenzó a construir en un área no permitida y afectaba la declaración de La Heroica como Patrimonio de la Humanidad.

En la decisión del juez es claro que con la construcción del edificio Aquarela se vulneraron los derechos colectivos al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público y a la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos, respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes.

También se declaró que los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público y la defensa del patrimonio cultural de la Nación se encuentran actualmente amenazados por el desarrollo del proyecto inmobiliario Aquarela.

“Desde la Agencia estaremos muy atentos al cumplimiento de esta orden y a que se pueda restituir ese espacio público, ese entorno cultural y ese derecho que tienen todos los colombianos al patrimonio, que es tan importante y reconocido por la humanidad”, concluyó la directora general de la Agencia, Martha Lucía Zamora.

El próximo 28 de febrero arranca la instalación de un puesto de mando unificado para iniciar la demolición del inmueble. | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Además, supuestamente, habría pruebas que demuestran que la Torre 1 del proyecto Aquarela no cumple con los requisitos establecidos en la Norma de Sismo Resistencia 10 (NSR-10) respecto de los valores de índices de flexibilidad y sobreesfuerzo, resistencia, espectro sísmico (fuerzas sísmicas) de diseño, cimentación, muros estructurales y resistencia al fuego.

Como consecuencia de lo anterior, se demostró que el proyecto inmobiliario en cuestión no es idóneo, pues no podría satisfacer las necesidades para las cuales ha sido producido o comercializado, ni de quienes adquirieron las unidades inmobiliarias.

De acuerdo con la sentencia del caso interpuesta por el Ministerio Público, se declaró la vulneración a los derechos colectivos al goce del espacio público, y la utilización y defensa de los bienes de uso público y a la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas de manera ordenada.