Transcurre una nueva semana y las autoridades de la ciudad de Cúcuta, capital del departamento de Norte de Santander, recuerdan a la ciudadanía la medida del pico y placa con la cual restringe la movilidad de varios vehículos.
De acuerdo con la dirección de Tránsito y Transporte, esta medida busca reducir la congestión en las principales vías de la ciudad y minimizar los índices de contaminación del aire que se han registrado este año.
Asimismo, la entidad recordó a los conductores que en la ciudad se encuentra vigente el decreto 300 de 2019, el cual estipula restricciones de movilidad para vehículos particulares, al igual que el transporte público individual (taxis).
En ese sentido, y de acuerdo con el decreto, para este martes 10 de octubre, se restringe la circulación de vehículos cuyo último dígito de sus placas termine en 3 o 4. Estos automotores no podrán estar en las calles en los siguientes horarios: 7:30 a. m., a 9:00 a. m., 11:30 a. m., a 1:30 p. m., y 5:30 p. m., a 7:00 p. m.
“Esta medida, que aplica para vehículos matriculados en el área metropolitana (Cúcuta, Villa del Rosario, Los Patios, Puerto Santander, El Zulia y San Cayetano), consiste en restringir la circulación vehicular en el perímetro del centro”, señaló la entidad.
De igual manera, se estableció la medida de “placa día”, la cual indica que los vehículos con placa nacional o extranjera tienen restricción de movilidad entre las 7:00 a. m., y las 7:00 p. m., en toda la ciudad y el área metropolitana, exceptuando los anillos viales.
En el caso de los taxis, el pico y placa se aplicará de manera distinta. En cuanto a estos, es importante indicar que los automotores de tal índole tendrán restricción de circulación entre las 7:00 a. m., y las 11:00 p. m. Aquellos terminados en 2 no podrán estar en las calles de Cúcuta, este martes en el horario mencionado.
Es importante destacar que el pico y placa en la capital de Norte de Santander solo cubre una parte del perímetro urbano y no toda el área de la ciudad. Las zonas descritas son las que están en la diagonal Santander, desde la glorieta El Terminal hasta la avenida Libertadores, la avenida Libertadores hasta la calle 15, calle 15 hasta la avenida 10, la avenida 10 hasta la calle 2, la calle 2 hasta la avenida 7 del barrio El Callejón y la avenida 7 hasta la glorieta El Terminal.
Por otro lado, se hace la salvedad que aquellos vehículos con distinción diplomática, de servicio escolar, especiales para el turismo o dedicados a los servicios médicos y funerarios están exentos de la medida por tratarse de prioridades o urgencias.
Los conductores que no acaten la restricción de movilidad se exponen a recibir sanciones de las autoridades de tránsito, por lo que deben atender los detalles de la normativa del pico y placa, y abstenerse de sacar los vehículos cuando se tiene la restricción.
En caso de incumplir esta medida, el conductor será sancionado, según lo consagrado en el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, con una multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), es decir, superior a los 500.000 pesos; el vehículo podría ser inmovilizado por autoridades competentes.